Andina

SBS prepublicó norma que regula cuentas de depósitos básicas y apoya inclusión financiera

ANDINA

ANDINA

15:13 | Lima, dic. 21.

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) prepublicó hoy el proyecto de norma que regula las cuentas de depósito denominadas “cuentas básicas” y que tienen como propósito contribuir a la inclusión financiera en el país.

Las referidas cuentas podrán abrirse en los cajeros corresponsales, de manera que pueda promoverse el uso de este producto.

Mediante este proyecto, publicado en el portal web de la SBS, se logra que la normatividad aplicable a las cuentas básicas guarde consistencia con la que se aplica a las cuentas de dinero electrónico simplificadas.




Requisitos


La propuesta señala los requisitos que deben reunir estos productos, estableciéndose entre otros puntos que deberán ser abiertas por personas naturales nacionales o extranjeras residentes.

Además, los depósitos diarios no podrán exceder los 1,000 soles, solo podrán efectuarse depósitos en moneda nacional y el saldo consolidado de cuentas básicas de un mismo titular -en una misma empresa- no podrá ser superior a 2,000 soles.

De igual forma, los  depósitos y retiros mensuales acumulados de un mismo depositante en una misma empresa no podrán exceder de 4,000 soles, serán de  libre disponibilidad en el territorio nacional y estarán sujetos a las limitaciones que establezca la empresa.

Tampoco podrán ser usadas para transacciones fuera del país, no tendrán un monto mínimo de apertura ni un saldo mínimo mensual, y serán creadas bajo la denominación “cuenta básica” y deben permanecer bajo dicha denominación, cumpliendo los requisitos establecidos, durante su vigencia.

Conducta de mercado


El proyecto regula también aspectos aplicables a las cuentas básicas en materia de conducta de mercado como los referidos a inclusión en el régimen simplificado contenido en el Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado; presentación, tramitación y resolución de requerimientos y reclamos, así como contenido mínimo del contrato.

De igual forma, aspectos aplicables en materia de prevención y gestión de riesgos de lavado de activos y del financiamiento del terrorismo como son la inclusión en el régimen simplificado de debida diligencia en el conocimiento del cliente, requisitos de identificación y verificación mínimos, y cierre de cuentas simplificadas.

(FIN) CNA

Publicado: 21/12/2017