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SBS adecúa norma para que cajas ediles realicen más operaciones financieras

También reglamentó elección de representantes al directorio de estas entidades

Cajas municipales. Foto: ANDINA

16:48 | Lima, abr. 6.

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó hoy normas especiales para la implementación de la Ley 30607, que fortalece las cajas municipales, a fin de que puedan realizar más operaciones financieras.

Según la Resolución 1325-2018 de la SBS, publicada hoy en el diario El Peruano, se establecen los requisitos y procedimientos aplicables a las cajas municipales de ahorro y crédito (CMAC) constituidas a partir de la vigencia de la Ley 30607 para que realicen operaciones permitidas a partir del segundo y tercer año.

Asimismo, se disponen los requisitos y procedimientos aplicables a las CMAC existentes antes de la vigencia de dicha Ley para que lleven adelante tales operaciones que no se encuentren efectuando a la fecha.

En la norma se señalan los requisitos y el procedimiento de autorización para la designación de un gerente general en reemplazo de la gerencia mancomunada, la composición de la junta general de accionistas cuando participen terceros accionistas, así como en aquellos casos en los que más de un Concejo Municipal sea accionista de una CMAC.

También se instauran los estándares que deben ser cumplidos por el gobierno corporativo y la gestión de riesgos de la CMAC para no elevar el porcentaje de capitalización mínima de utilidades a 75 %.

La SBS también, realizó modificaciones al reglamento de Auditoría Interna, reglamento para la Gestión del Riesgo de Liquidez y reglamento para la constitución, reorganización y establecimiento de empresas y representantes de los sistemas financiero y de seguros, para la adecuada implementación de la Ley 30607.


Miembros del directorio


La SBS también publicó el reglamento para la elección de los representantes al directorio de las CMAC para fortalecer el funcionamiento de estas entidades financieras, de acuerdo a lo establecido en la Ley 30607, que modificó el Decreto Supremo 157-90 del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF); dispositivo que norma el funcionamiento en el país de las CMAC.

Esto se llevó a cambio mediante Resolución SBS 1324-2018, publicada hoy en el diario El Peruano

Entre los principales puntos contemplados en el reglamento para la elección de los representantes al directorio de las CMAC se reguló el procedimiento de elección de los miembros del directorio.

Esto cuando dos o más CMAC se fusionen para formar una sola CMAC, cuando una o más CMAC adopten otros esquemas de reorganización societaria, cuando una CMAC tenga participación accionaria en otra, y cuando uno o más terceros accionistas adquieran acciones suscritas con derecho a voto de una

De igual forma, se precisa que los directores elegidos antes de la entrada en vigencia de la Ley 30607 mantienen el plazo de duración de su periodo establecido al momento de su elección, mientras que la elección de directores a partir de la entrada en vigencia de la Ley 30607 tendrá un plazo de duración de tres años.

El reglamento también señala expresamente la posibilidad de contar con directores alternos y las disposiciones aplicables en dicho caso.


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(FIN) MMG/JJN

Publicado: 6/4/2018