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Presupuesto público para 2018 asciende a S/ 157,158 millones

Ejecutivo remitió hoy al Congreso proyecto de Ley para su aprobación

ANDINA/archivo

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11:35 | Lima, ago. 30.

El Ejecutivo remitió hoy al Congreso de la República el proyecto de Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 para su aprobación, el cual asciende a 157,158 millones 747,651 soles.

A través de un oficio remitido por el Presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski, y el jefe del Gabinete ministerial, Fernando Zavala dirigido al presidente del Congreso, Luis Galarreta, se hizo entrega del documento.

En el proyecto se da cuenta que los recursos estimados que financian los créditos prespuestarios aprobados en la Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 para los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales comprende la suma total de 157,158 millones 747,651 soles  

Incremento

Los 157,158 millones de soles  consignados para el presupuesto 2018,  representa un aumento de 10% respecto a los 142,471 millones correspondientes al presupuesto del 2017 que el Poder Legislativo aprobara en 2016.


Gobierno Nacional


El presupuesto destinado al Gobierno Nacional es de 116,541 millones 103,552 soles, el mismo que se divide en gastos corrientes (72,661 millones 285,960 soles), gastos de capital (31,999 millones 876,255 soles), y servicio de la deuda (11,879 millones 941,337 soles).


Gobiernos regionales


El presupuesto destinado a los gobiernos regionales asciende a 24,591 millones 851,893 soles, el mismo que se divide en gastos corrientes (20,046 millones 755,954 soles), gastos de capital (4,281 millones 598,490 soles), y servicio de la deuda (263 millones 497,449 soles).


Gobiernos locales


El presupuesto destinado a los gobiernos locales asciende a 16,025 millones 792,206 soles, el mismo que se divide en gastos corrientes (10,641 millones 317,798 soles), gastos de capital (5,095 millones 347,350 soles), y servicio de la deuda (289 millones 127,058 soles).


Fuentes de financiamiento


Asimismo, se señala que este monto se financia en parte por los recursos ordinarios hasta por 102,698 millones 798,095 soles; por recursos directamente recaudados por 13,552 millones 133,595 soles.

También por los recursos por operaciones oficiales de crédito ascendentes a 20,656 millones 484,068 soles; donaciones y transferencias por 522 millones 454,561 soles; y recursos determinados por 19,728 millones 877,332 soles.

Las disposiciones contenidas en el presente capítulo son de obligatorio cumplimiento por las entidades integrantes de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial; Ministerio Público; Jurado Nacional de Elecciones, Oficina Nacional de Procesos Electorales; Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.

También por la Contraloría General de la República; Consejo Nacional de la Magistratura; Defensoría del Pueblo; Tribunal Constitucional; universidades públicas; y demás entidades y organismos que cuenten con un crédito presupuestario aprobado en la presente Ley.

Asimismo, son de obligatorio cumplimiento por los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales y sus respectivos organismos públicos.


Remuneraciones


La norma también prohíbe en las entidades del Gobierno nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, el reajuste o incremento de remuneraciones, bonificaciones, dietas, asignaciones, retribuciones, estímulos, incentivos, compensaciones económicas y beneficios de cualquier naturaleza, cualquiera sea su forma, modalidad, periodicidad y fuente de financiamiento.

Asimismo, queda prohibida la aprobación de nuevas bonificaciones, incentivos, estímulos, retribuciones, dietas, compensaciones económicas y beneficio de toda índole con las mismas características señaladas anteriormente.

Los arbitrajes en materia laboral se sujetan a las limitaciones legales establecidas por la presente norma y disposiciones legales vigentes. 

La prohibición incluye el incremento de remuneraciones que pudiera efectuarse dentro del rango o tope fijado para cada cargo en las escalas remunerativas respectivas.


Aguinaldos, gratificaciones y escolaridad


El presupuesto público 2018 también contempla aguinaldos por Fiestas Patrias y Navidad por 300 soles en cada caso, y una bonificación por escolaridad de 400 soles, a quienes corresponda según la legislación vigente.

También se prohíbe el ingreso de personal en el sector público por servicios personales y el nombramiento, salvo en los casos previstos en la ley, como la designación en cargos de confianza y de directivos superiores de libre designación y remoción; el nombramiento en plaza presupuestada cuando se trate de magistrados, fiscales, profesores, personal egresado de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional, Academia Diplomática, médicos cirujanos del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses del Ministerio Público.



(FIN) MDV / MDV 


Publicado: 30/8/2017