Con una multa superior a los 7.2 millones de soles (1,571.39 UIT), el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) sancionó a la Refinería La Pampilla por causar la muerte de 1,852 especímenes y poner en riesgo la salud de 198 individuos de fauna silvestre tras el derrame de hidrocarburo ocurrido en el mar de Ventanilla el 15 de enero pasado.
El Serfor, a través de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre (ATFFS) Lima, le abrió un proceso administrativo sancionador (PAS) a la refinería el 14 de marzo por la comisión de infracciones tipificadas en el numeral 31 del anexo 2 del Reglamento de Infracciones y Sanciones en Materia Forestal y de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo 007-2021-Midagri, “por actuar con crueldad y causar muerte de los especímenes de fauna silvestre” y “por actuar con crueldad sobre los especímenes vivos de fauna silvestre”.
El proceso administrativo sancionador seguido por el Serfor contra la empresa Repsol se circunscribe exclusivamente a lo sucedido con la fauna silvestre marino costera, pero no por los daños ocasionados al medio ambiente. Al respecto existen otras instancias encargadas de actuar en ese caso.
A fin de revertir los daños ocasionados al patrimonio de fauna silvestre, el Serfor dictó tres medidas correctivas: (i) acreditar la disposición final de los 1,852 especímenes muertos de fauna silvestre; (ii) brindar atención y manutención a la fauna silvestre afectada con el derrame de hidrocarburo, la cual no podrá ser liberada; y (iii) realizar el monitoreo biológico del estado poblacional de especies de fauna silvestre marina (aves, mamíferos y reptiles) que habitan en las áreas afectadas, para lo cual deberá elaborar y presentar un plan de monitoreo.
La ATFFS Lima, como autoridad competente en primera instancia de la administración de los recursos de fauna silvestre, verificó que en las áreas afectadas con el derrame de hidrocarburo habitan diversas especies de fauna silvestre, algunas de ellas incluidas en la lista de clasificación y categorización de las especies amenazadas de fauna silvestre legalmente protegidas, aprobada por el Decreto Supremo 004-2014-Minagri.
Tal es el caso del pelícano peruano (Pelecanus thagus), pingüino de Humboldt (Spheniscus humboldtii), la chuita (Phalacrocorax gaimardi), la nutria marina (Lontra felina) y el piquero peruano (Sula variegata), especies categorizadas como en peligro.
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(FN) NDP/TMC/JOT
Publicado: 15/12/2022