El Ejecutivo publicó hoy la Directiva para la Ejecución de Inversiones Públicas en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, en una separata especial del diario oficial El Peruano.
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) a través de la Resolución Directoral N° 005-2017-EF/63.01 señala que el objetivo de esta directiva es establecer los procesos y disposiciones aplicables para el funcionamiento de la fase de Ejecución del Ciclo de Inversión.
La fase de Ejecución consta de dos etapas: la elaboración del expediente técnico o documento equivalente y la ejecución física; en ambas etapas se da la ejecución financiera.
La Directiva establece que las inversiones públicas ingresan a la fase de Ejecución del Ciclo de Inversión luego de contar con la declaración de viabilidad o aprobación, según corresponda.
También indica que la vigencia de los expedientes técnicos o documentos equivalentes tienen una vigencia máxima de tres años a partir de su aprobación.
Transcurrido este plazo, sin haberse iniciado la ejecución de las inversiones, la Unidad Ejecutora de Inversión deberá proceder a registrar el cierre de la inversión, en el formato respectivo y comunicar a la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) para las acciones del caso.
La Directiva entrará en vigencia a los 15 días calendario, contados a partir de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano” (hoy), documento que también se difunde en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (
www.mef.gob.pe).
La norma lleva la rúbrica de la titular de la Dirección General de Inversión Pública, Gabriela Carrasco.
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Publicado: 20/9/2017