El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) estableció el número mínimo de afiliados que se requiere para la inscripción de partidos y de movimientos regionales y departamentales en el Registro de Organizaciones Políticas,
En la
resolución 0032-2023-JNE, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, se determina que el número mínimo de afiliados con el que un partido político debe contar para inscribirse es de 25288, cantidad que equivale al 0.1% del total de electores hábiles consignados en el Padrón Electoral de los comicios generales de 2021.
El mismo asciende a 25 millones 287 mil 954 personas.
Asimismo, fija el número de afiliados que deberá tener cada organización regional o departamental para su inscripción, de acuerdo a la jurisdicción correspondiente.
Cifras establecidas
Así, para Madre de Dios son 1240 afiliados, para Moquegua 1521 y para Tumbes 1718.
De igual manera, para Pasco se requieren 2106 afiliados y para Tacna 2874, mientras que para Amazonas deberán ser 3194 y para Apurímac, 3334. En Huancavelica se requieren 3227 afiliados; en Ayacucho son 4934 y en Ucayali 4074.
En el caso de Huánuco se requiere de 6115 afiliados, mientras que para Ica son 6634 y para San Martín 6652. En cuanto a Lima Provincias, se piden 7725 afiliados, para Loreto 7228 y para el Callao 8308.
En Áncash se piden 9108 afiliados, en Junín son 9981, en Lambayeque 9921 y en Puno 9383.
Mayor es el número de afiliados requeridos en Cusco (10522), Arequipa (11630), Cajamarca (11314), La Libertad (14615) y Piura (14323).
La cantidad más alta de afiliados es la que se requiere para Lima Metropolitana, que ha sido fijada en 75932.
(FIN) FGM
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Publicado: 11/3/2023