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JNE: 12 alcaldes y 60 regidores se elegirán en comicios municipales complementarios

El 2 de julio de este año, en distritos de ocho regiones del país

Ilustración.

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10:13 | Lima, ene. 25.

Doce alcaldes y 60 regidores serán elegidos en las Elecciones Municipales Complementarias, que se realizarán el 2 de julio de este año en distritos de ocho regiones del país donde se anularon las Elecciones Municipales 2022 por causas previstas en la ley, informó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

Los alcaldes a elegirse corresponden a 12 distritos, cada uno de los cuales contarán con cinco regidores, de acuerdo con un reporte de la Central de Operaciones del Proceso Electoral (COPE) del JNE.
 
Se trata de las localidades de Canis (Bolognesi) y Aco (Corongo) en Áncash; Recta (Bongará) en Amazonas; Lari (Caylloma) en Arequipa; Chimban (Chota), Pion (Chota) y Ninabamba (Santa Cruz) en Cajamarca; Manitea (La Convención) en Cusco; Chinchihuasi (Churcampa) y Salcabamba (Tayacaja) en Huancavelica; Aparicio Pomares (Yarowilca) en Huánuco y Huamantanga (Canta) en Lima.
 
Como consecuencia de la declaración de nulidad de los comicios, en aplicación del artículo 4 de la Ley de Elecciones Municipales, se convocó a Elecciones Municipales Complementarias, mediante el Decreto Supremo 001-2023-PCM, publicado el 4 de enero en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
 
El reporte de COPE indica que en Salcabamba y Pomares se declaró la nulidad de las elecciones por infracción de la ley, ante graves irregularidades que modificaron los resultados de la votación, de conformidad con el primer párrafo del artículo 36 de la referida ley.

 
Se hizo lo propio en Recta, Manitea, Huamantanga, Aco y Lari, debido a que los votos nulos o en blanco, sumados o separadamente, superaron los dos tercios del número de votos emitidos.
 
En tanto, en Pion, Ninabamba, Chinchihuasi, Chimbán y Canis se declaró la nulidad de los comicios por inasistencia de más del 50 % de los votantes al acto electoral.
 
El JNE aprobó y publicó el cronograma electoral, así como las disposiciones y normas para dicho proceso. 
 
Mediante la Resolución 0002-2023-JNE, el organismo autónomo señala que pueden participar en tales elecciones los partidos políticos y organizaciones políticas de alcance regional con inscripción vigente en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP).


(FIN) NDP/MRCA/JCC
GRM

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Publicado: 25/1/2023