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Intervienen ladrilleras en Piura por utilizar leña de algarrobo ilegal

Propietarios no contaban con autorización

Intervienen ladrilleras en Piura por utilizar leña de algarrobo ilegal. ANDINA

Intervienen ladrilleras en Piura por utilizar leña de algarrobo ilegal. ANDINA

09:54 | Piura, oct. 12.

Tres ladrilleras clandestinas, que funcionaban en el centro poblado La Encantada, en la provincia piurana de Chulucanas, fueron intervenidas durante un operativo contra el uso ilegal de recursos forestales, se informó.

La intervención fue realizada por personal del Ministerio de Agricultura y Riego y agentes del Departamento de Medio Ambiente Piura de la Policía Nacional del Perú.

Durante la intervención, las autoridades decomisaron 560 unidades de leña de algarrobo. La Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre (ATFFS) Piura, oficina del Serfor, constató que el personal de las ladrilleras no mostró la documentación que autoriza el almacenamiento o utilización del producto forestal, en este caso la leña de algarrobo, en el procesamiento de los ladrillos en hornos artesanales.


En consecuencia, procedieron a decomisar las unidades de leña de algarrobo, que se encontraban en los tres establecimientos informales, de acuerdo a la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre.

Juan Otivo Meza, responsable de la ATFFS Piura, reiteró la necesidad de la participación del gobierno regional y municipalidades, en la promoción del uso de otras alternativas, como la madera de frutales o de descarte procedente de las zonas de selva y sierra, así como el uso de tecnología, que contribuya en el decrecimiento de la alta presión sobre el frágil ecosistema del bosque seco, así como minimizar la emisión de gases de efecto invernadero y de los riesgos en la salud humana.

Mencionó que la tala y tráfico indiscriminado del algarrobo, es una de las causas por lo que esta especie forestal, símbolo de nuestros bosques secos, esté considera por el estado peruano como ‘vulnerable’, a través del Decreto Supremo N° 043-2006-AG que aprueba la categorización de especies amenazadas de flora silvestre.

Más información

La Ley N° 29763 sanciona a quienes adquieran, transporten, comercialicen, posean, talen, extraigan o aprovechen recursos forestales o de fauna silvestre, sin la autorización de la autoridad competente, con el pago de una multa superior a los 40,500 soles, lo que equivale a más de 10 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

(FIN) JYC/MAO

Publicado: 12/10/2017