El boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano difunde diariamente una serie de dispositivos de interés público y de impacto para la marcha del país. Conoce a continuación las normas legales más relevantes de hoy 30 de noviembre del 2023.
Dejan sin efecto designación
La Fiscalía de la Nación dispuso, mediante el presente dispositivo, dejar sin efecto la designación del abogado José Miguel Cuya Berrocal como coordinador del Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder, que encabezaba la fiscal Marita Barreto.
Se señala que dicha disposición se da en atención al escrito del 27 de noviembre del 2023, mediante el cual Cuya Berrocal declina a dicha designación y a su nombramiento como fiscal superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, lo cual también queda sin efecto.
Comité de monitoreo
La Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) dispuso modificar el artículo 10 del citado dispositivo, mediante el cual se conformó la mesa de diálogo denominada “Comité de monitoreo, seguimiento y verificación de acuerdos de la mesa de diálogo para analizar la problemática minera del departamento de Moquegua”.
De este modo, se precisa que el grupo de trabajo tendrá vigencia hasta el 30 de noviembre del 2024, plazo en el que presenta un informe a la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros. Dicha vigencia puede ser ampliada a propuesta de la Secretaría Técnica.
Mesa de diálogo
Asimismo, dicha secretaría de la PCM aprobó modificar la resolución mediante la cual se conformó la “Mesa de diálogo para abordar la problemática de la cuenca del río Coralaque, departamento de Moquegua”.
Se señala que la misma tendrá plazo de vigencia hasta el 31 de mayo del 2024, la que puede ser ampliada a propuesta de la Secretaría Técnica.
Educación a distancia
Mediante el presente dispositivo, la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) modificó diferentes numerales del artículo 4 de las disposiciones para la prestación del servicio educativo superior universitario bajo las modalidades semipresencial y a distancia, aprobadas por la institución.
Entre otros puntos establece que el uso de mecanismos virtuales puede abarcar hasta un máximo de 20 % de los créditos del programa académico en la modalidad presencial; 60 % en la modalidad semipresencial; y 80 % en la modalidad a distancia o no presencial.
(FIN) MRCA/CVC
GRM
Más en Andina:
Publicado: 30/11/2023