Andina

Ejecutivo reglamenta Fondo Sierra Azul que mejorará acceso al agua en el país

Decreto Supremo de Minagri contempla creación de grupo de trabajo sectorial

Foto: Cortesía.

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10:04 | Lima, abr. 6.

El Ejecutivo aprobó el reglamento del Fondo Sierra Azul que financiará proyectos de inversión pública declarados viables destinados a mejorar el acceso y uso eficiente de los recursos hídricos a nivel nacional.

El Fondo Sierra Azul, durante el Año Fiscal 2017, financiará proyectos de inversión pública declarados viables, presentados por los tres niveles de gobierno y cuya ejecución estará a cargo del Ministerio de Agricultura y Riego.

Estos proyectos están destinados a mejorar el acceso y uso eficiente de los recursos hídricos a nivel nacional.

Para alcanzar dichos fines se contemplan tres componentes: 

i) La mejora en la eficiencia en la infraestructura de riego.

ii) La tecnificación del riego parcelario. 

iii) Las intervenciones de siembra y cosecha de agua que permitan mejorar la interceptación y retención de las aguas de lluvia, su almacenamiento y regulación dentro del suelo, subsuelo y acuíferos, así como en cuerpos superficiales, para su aprovechamiento en un determinado lugar y tiempo.

En el Decreto Supremo 002-2017-Minagri se contempla la creación de un grupo de trabajo sectorial denominado “Comité Técnico Sierra Azul”, el cual dependerá del Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri) y es de naturaleza temporal, cuyo objeto es la ejecución de los recursos asignados.

Funciones del Comité Técnico:

a) Admitir a verificación de campo los proyectos de inversión pública y designar a la Unidad Ejecutora que tendrá a su cargo el procedimiento de verificación y ejecución de los proyectos y/o estudios de inversión, según corresponda.

b) Aprobar la selección y priorización de los proyectos de inversión pública a ser financiados por el Fondo Sierra Azul, en el marco de los fines establecidos en la norma de creación del referido Fondo y del presente Reglamento.

c) Aprobar el Manual de Ejecución del Fondo Sierra Azul y el Plan de Seguimiento y Monitoreo, a propuesta de la Secretaría Técnica.

La implementación de lo dispuesto en la presente norma se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Agricultura y Riego sin demandar recursos adicionales al tesoro público.

El Comité Técnico está conformado de la siguiente manera:

a) Dos representantes del Ministro de Agricultura y Riego designados por Resolución Ministerial, uno de los cuales lo presidirá.

b) Director (a) Ejecutivo (a) de la Unidad Ejecutora Fondo Sierra Azul.

c) Jefe (a) de la Autoridad Nacional del Agua, o su representante.

d) Director(a) General de la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego del Ministerio de Agricultura y Riego, o su representante.

e) Director(a) General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, o su representante.

La participación de los representantes ante el Comité Técnico es ad honorem.

El Comité Técnico cuenta con una Secretaría Técnica, ejercida por la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego del Ministerio de Agricultura y Riego. 

El reglamento es publicado en los portales institucionales web del Minagri (www.minagri.gob.pe) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe). 

(FIN) MDV/JJN

Publicado: 6/4/2017