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Congreso: proponen crear seguro por desempleo con aportes del empleador

Cubrirá a los trabajadores dependientes con contratos a plazo indeterminado o sujetos a modalidad

Foto: ANDINA/difusión.

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16:12 | Lima, jul. 9.

Desde el Congreso de la República se impulsa una iniciativa legislativa para que los trabajadores dependientes cuenten con un seguro por desempleo financiado con aportes de sus empleadores.


Se trata del proyecto de ley 05510/2022-CR, de la congresista Sigrid Bazán (Cambio Democrático-Juntos por el Perú). Este seguro será complementado por un Servicio Nacional de Empleo, con la finalidad de proteger y promover el trabajo decente en el país, así como el desarrollo de la persona humana en condiciones de dignidad.

La propuesta refiere que el seguro por desempleo cubrirá a los trabajadores dependientes. Se implementará de manera progresiva y se considerará en un primer momento a los empleador del sector privado de la mediana y gran empresa, que cuenten con contratos a plazo indeterminado o contratos sujetos a modalidad.

Se otorgará cobertura a través de prestaciones económicas por un periodo de hasta 5 meses continuos, cuyos montos serán de la siguiente manera:

- Un 70 % de la remuneración asegurable por el primer mes.
- Un 65 % de la remuneración asegurable por el segundo mes.
- Un 60 % de la remuneración asegurable por el tercer mes.
- Un 55 % de la remuneración asegurable por el cuarto mes.
- Un 50 % de la remuneración asegurable por el quinto mes.



Este seguro se activará ante el desempleo involuntario, es decir, en aquellos casos de extinción del vínculo laboral que son consecuencia del despido, cese colectivo, término de contrato, entre otros supuestos que serán desarrollados por el reglamento de la ley, en caso sea aprobada y promulgada.

Los requisitos para acceder a las prestaciones de este seguro son los siguientes:

- Que el asegurado cuente con 12 aportaciones, continuas o discontinuas, en los últimos 24 meses anteriores a que se inicie la contingencia cubierta.
- Que el asegurado tenga un período de carencia que será determinado por el reglamento, el cual no deberá ser menor a una semana ni mayor a un mes. Se entiende por período de carencia el periodo de desempleo requerido para que se
active el acceso a las prestaciones económicas del seguro por desempleo.
- Que el asegurado haya informado de la contingencia a los servicios de empleo y cumplido con los requisitos exigidos por estos. 

El seguro por desempleo será financiado con aportes de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) y del empleador.

La aportación total equivale a un 1.16 % de la remuneración asegurable mensual. Un 0.58 % de la remuneración asegurable mensual será detraído del aporte correspondiente a la CTS y el otro 0.58 % será a cargo de la empresa.

Concordancia con el Ejecutivo


La propuesta de la congresista Bazán se encuentra en línea con la intención del Ejecutivo de crear este seguro.

A inicios del 2023, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) se mostró de acuerdo en crear un seguro por desempleo que también sea financiado por el empleador y que funcione en paralelo con la CTS, que también tiene el mismo fin.

Uno de los objetivos que tenemos como gestión es concretar un sistema integral de protección contra el desempleo que pase por un seguro, que daría una cobertura por un período de tres o cuatro meses, con un porcentaje del sueldo que venías percibiendo, entre 60 % y 70 %”, dijo Eduardo García, quien fue titular del sector y formó parte de los primeros gabinetes conformados por la presidenta Dina Boluarte.

García explicó en su momento que la importancia del seguro del desempleo se da debido a la desnaturalización de la CTS, toda vez que la libre disponibilidad que presenta en varios periodos impide que genere el resguardo salarial para lo que fue creado.

Vale destacar que el proyecto de ley ya se encuentra en la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera y en la de Trabajo y Seguridad Social del Congreso.


(FIN) GDS/CVC
GRM

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Publicado: 9/7/2023