El Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri) aprobó los lineamientos para la compra de los excedentes de papa por parte de gobiernos regionales, así como la ficha de empadronamiento de los productores del tubérculo.
Mediante Resolución Ministerial N° 0020-2018-MINAGRI, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó el documento denominado “Lineamientos para la Implementación de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 001-2018” y la “Ficha de Empadronamiento de Productor de Papa”.
En ese sentido, se dispuso la publicación de la presente resolución ministerial, conjuntamente con el documento aprobado, en el portal institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (
www.minagri.gob.pe).
Cabe indicar que a través del artículo 1 del Decreto de Urgencia N° 001-2018 se autoriza, excepcionalmente, a los gobiernos regionales de Apurímac, Ayacucho, Huancavelica, Huánuco y Junín, a contratar con los productores y organizaciones la adquisición de papa blanca.
El objetivo es contribuir en la atención de programas sociales y asistenciales conducidos a través de entidades públicas y privadas sin fines de lucro, precisándose que cada gobierno regional determinará el precio de adquisición de papa blanca en función de su estructura de costos respectiva.
Empadronamiento
El empadronamiento de los beneficiarios constituye requisito previo para participar del proceso de compra de papa por parte de los gobiernos regionales.
Los gobiernos regionales, a través de la Dirección/Gerencia Regional Agraria y sus respectivas agencias agrarias, realizarán el empadronamiento de los beneficiarios, debiendo anotar los datos conforme a la “Ficha de Empadronamiento de Productor de Papa”.
(FIN) CNA
Publicado: 16/1/2018