El Poder Judicial solicitó al Congreso autorización para hacer efectiva la condena a cinco años impuesta al congresista Edwin Donayre (APP) por el robo de combustible en la Primera Brigada de las Fuerzas Especiales del Ejército y la Región Militar Sur, a la cual pertenecía.
El pedido fue remitido al Parlamento por el presidente del Poder Judicial, Víctor Prado, luego de que la Comisión de Levantamiento de Inmunidad Parlamentaria de la Corte Suprema resolvió que corresponde hacer efectiva la sentencia impuesta por la Segunda Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Lima.
La referida Sala condenó a Edwin Donayre, legislador de Alianza para el Progreso (APP) a cinco años y seis meses prisión efectiva al encontrarlo culpable del delito de peculado en agravio del Estado, caso en el cual fueron sancionados también otras 40 personas
La Comisión de Levantamiento de Inmunidad Parlamentaria, presidida por el juez supremo Francisco Távara, indica que la condena debe hacerse efectiva aun cuando se hubiera planteado un recurso de nulidad.
“La efectividad de esta condena por ahora, es sin prejuicio de lo que decida la Sala Penal competente al resolver el recurso de nulidad que se hubiere planteado”, señala la resolución.
Asimismo, la decisión judicial resaltó la diferencia entre trámite de autorizaciones para el procesamiento penal de un parlamentario, el arresto y, de otro lado, la ejecución de una sentencia condenatoria privativa de libertad.
Señala que, ante la falta de norma expresa que establezca trámite distinto para estos casos, corresponde únicamente pedir la autorización al Congreso para ejecutar la sanción impuesta.
“Es decir, ante la presunción razonable de un delito flagrante cabe arrestar con la autorización congresal, ante la condena a prisión efectiva con mayor razón corresponde hacer cumplir la decisión judicial”, subraya el fallo.
La resolución fue enviada al Congreso con las copias certificadas de la sentencia judicial contra el parlamentario de Alianza Para el Progreso.
(FIN) NDP/FHG/CCR
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Published: 9/13/2018