La disolución del Congreso y la convocatoria a elecciones parlamentarias que anunció el presidente de la República, Martín Vizcarra, se ampara en el artículo 134 de la Constitución Política que faculta a tomar esta medida cuando el Congreso le niega la confianza a dos Consejos de Ministros, afirmó el exministro de Justicia, Diego García Sayán.
“En la Constitución existe esa facultad, el presidente pueda disolver el Congreso cuando se niega dos veces la confianza (…) lo que es evidente el Congreso se disparó a los pies de manera sistemática en dos años y existiendo ese resquicio del artículo 134 era pues muy lógico que el presidente hiciera uso de eso”, declaró García Sayán a Andina Al Día de la Agencia Andina.
Precisó que la medida anunciada por el
jefe de Estado no es comparable a un golpe de Estado donde se toma el control de todas las instituciones y se gobierna de facto.
“Acá la Comisión Permanente del Congreso continuará funcionando hasta que se produzca las elecciones parlamentarias (…) lo que está claro es que aquí no hay golpe de Estado”, subrayó.
El jurista señaló que al concretar una "elección express" de un magistrado del Tribunal Constitucional, el Congreso en los hechos rechazó el pedido de confianza que buscaba modificar los criterios y procedimientos para elegir a los miembros del órgano constitucional.
En cuanto a la elección de Gonzalo Ortiz de Zevallos como magistrado del Tribunal Constitucional, refirió que es un
tema que tendrá que ser discutido pues la legitimidad de este proceso está en cuestión.
“El Tribunal Constitucional tendría que resolver este dilema, aunque Ortiz de Zevallos también podría prescindir de ser manzana de la discordia”, anotó.
Sobre la moción de vacancia presidencial presentada por Yeni Vilcatoma (Fuerza Popular), afirmó que no tiene sentido, pues reiteró que la
disolución del Parlamento es constitucional y se ampara en el artículo 134 de la Carta Magna.
García Sayán actualmente se desempeña como relator especial sobre la independencia de los magistrados y abogados del Consejo de Derechos Humanos de la ONU.
(FIN) RMCH/RES
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Published: 9/30/2019