El Gobierno declaró el estado de emergencia en 544 distritos de 14 regiones del país por peligro inminente ante el déficit hídrico como consecuencia del inminente Fenómeno de El Niño 2023-2024, que se presentará en los próximos meses.
Así lo indica el Decreto Supremo 104-2023-PCM, publicado hoy en la separata Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y que precisa que los referidos distritos se ubican en 91 provincias de las regiones Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lima, Pasco, Puno y Tacna.
La declaratoria del
estado de emergencia rige por 60 días calendario y durante ese tiempo se ejecutarán medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de reducción del muy alto riesgo existente; así como de respuesta y rehabilitación que correspondan.
La norma dispone que los gobiernos regionales de Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lima, Pasco, Puno y Tacna, y los gobiernos locales comprendidos, con la coordinación
técnica y el seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) y la participación de los ministerios de Salud,
Educación, Vivienda, Construcción y Saneamiento, Desarrollo Agrario y Riego, Desarrollo e Inclusión Social, Interior y Defensa; además de instituciones públicas y privadas involucradas; ejecutarán las medidas y acciones de excepción de reducción del muy alto riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación que correspondan.
Agrega que dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán modificarse de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se presenten durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.
Indica, asimismo, que la implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al tesoro público.
En las disposiciones del decreto supremo se precisa que la medida se dispuso por solicitud del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) y el informe técnico del Indeci, que cita los reportes de la Oficina de Defensa Nacional y Gestión del Riesgo de Desastres del Midagri, la Autoridad Nacional del Agua (ANA), el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (Senamhi) y el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (Cenepred), que precisa sobre las actuales condiciones hidrológicas de caudales y el estado de los embalses, así como la perspectiva de la continuidad del desarrollo del Fenómeno de El Niño para los siguientes meses hasta el verano del 2024.
El decreto supremo lleva la firma de la Presidenta de la República, Dina Boluarte; y es refrendado por el titular del Consejo de Ministros, Alberto Otárola; y por los ministros de Salud, César Vásquez; Educación, Miriam Ponce Vértiz; Vivienda, Construcción y Saneamiento, Hania Pérez de Cuéllar; Desarrollo Agrario y Riego, Jennifer Contreras Álvarez; Desarrollo e Inclusión Social, Julio Demartini Montes; Trabajo y Promoción del Empleo, Daniel Maurate Romero; Interior, Vicente Romero Fernández; y de Defensa, Jorge Chávez Cresta.
(FIN) MAO
GRM
Published: 9/19/2023