El Ministerio de la Producción amplió hasta el 30 de agosto del 2025 el plazo para que los operadores de infraestructuras pesqueras y acuícolas cumplan con los requerimientos señalados en el Reglamento Sectorial de Inocuidad para las Actividades Pesqueras y Acuícolas.
Así lo estableció a través de la publicación del Decreto Supremo N°021-2024-PRODUCE, que modifica el artículo 1 del Decreto Supremo N°002-2024-PRODUCE.
Los requerimientos establecidos en el reglamento buscan reforzar las buenas prácticas de manipulación a bordo y conservación de los productos de la pesca; del mismo modo, cumplir con los estándares de inocuidad de los recursos cosechados para su consumo o posterior procesamiento; asimismo, homologar con los estándares sanitarios a nivel internacional en el procesamiento y/o elaboración de productos hidrobiológicos, alimentos y productos veterinarios de uso en la acuicultura.
La adecuación al reglamento permitirá que el sector pesquero y acuícola nacional genere mayor confianza en los mercados internacionales, lo que facilitará el comercio considerando el cumplimiento de los acuerdos y tratados comerciales suscritos por el Perú.
La Autoridad Nacional de Sanidad e Inocuidad en Pesca y Acuicultura (Sanipes) continuará promoviendo el cumplimiento de normas sanitarias, las cuales se aplican a lo largo de la cadena productiva pesquera y acuícola, con la finalidad que los alimentos sean aptos para el consumo humano y no representen un riesgo para la salud del consumidor.
Cabe recordar que es posible acceder al Reglamento Sectorial de Inocuidad para las Actividades Pesqueras y Acuícolas, publicado a través del Decreto Supremo N°020-2022-PRODUCE, ingresando al siguiente enlace:
https://acortar.link/CACv7D
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El dato
Durante el 2024, Sanipes realizó 477 capacitaciones y/o acompañamientos técnicos sobre la normativa sanitaria y buenas prácticas, en las que participaron 16 968 agentes de la cadena productiva pesquera y acuícola.
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(FIN) NDP / MDV
JRA
Published: 1/14/2025