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Sunat depositará devolución a personas que registren su Código de Cuenta Interbancario

En caso del Impuesto a la Renta pagado en exceso

ANDINA/archivo

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12:05 | Lima, ene. 21.

Las personas naturales que presenten su Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2019 y soliciten la devolución de impuestos pagados en exceso, o aquellos trabajadores en planilla a quienes se les devolverá de oficio por haber realizado gastos deducibles, podrán recibir esa devolución directamente en sus cuentas de ahorros, si registran previamente su Código de Cuenta Interbancario (CCI).

También podrán recibirlo de esa manera si su empleador cumple con comunicar a la Sunat el CCI, a través de la planilla electrónica.

El depósito en cuenta es la forma más rápida y conveniente de recibir la devolución porque ya no se requiere acudir al Banco de la Nación para hacerla efectiva, como sucede cuando el reembolso se emite mediante una Orden de Pago Financiera (OPF) o a través de un cheque.

Con esa finalidad, aquellas personas naturales que tienen  Registro Único de Contribuyentes (RUC) pueden registrar su CCI ingresando a Sunat Operaciones en Línea con su Clave SOL, luego acceder a la opción Otras Declaraciones y Solicitudes, dar clic a la opción Mis Devoluciones / Devoluciones y, posteriormente, seleccionar Código de Cuenta Interbancario.

Para los que no cuentan con RUC, el registro se inicia en la opción Obtener la Clave SOL por Internet luego de lo cual se debe completar en el formulario los datos requeridos incluyendo el CCI.

Para que sea válido el registro del CCI, la cuenta debe ser en moneda nacional, pertenecer al beneficiario de la devolución y no debe corresponder a una cuenta de CTS. La devolución con abono en cuenta no aplica en el caso de 30 entidades financieras, tal como se detalla en el siguiente link. http://renta.sunat.gob.pe/personas/como-gestionar-mi-devolucion

La Sunat recordó a los empleadores que tienen la obligación de comunicar el número de cuenta y la empresa del sistema financiero en el cual realizan el abono de la remuneración a sus trabajadores, información que sirve a la Sunat para efectuar devolución que le corresponda al trabajador.

Finalmente, conforme a lo señalado por el Decreto de Urgencia N° 25-2019, la Devolución de Oficio se iniciará una vez culminado el vencimiento de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta, es decir a partir del 9 de abril.

Si desea más información o asistencia, le invitamos a comunicarse con nuestra Central de Consultas llamando al 0-801-12-100, desde teléfono fijo o celular al (01) 315-0730 o *4000, visitar nuestro portal: www.sunat.gob.pe o acercarse al Centro de Servicios al Contribuyente más cercano a su domicilio.


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(FIN) CNA

Published: 1/21/2020