Andina

En adelante universidades no podrán contratar profesores sin maestría

Requisito se aplica para docentes de pregrado y maestrías

ANDINA/archivo

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10:05 | Lima, dic. 29.

De ahora en adelante, ninguna universidad pública o privada podrá contratar a un docente sin título de maestría para la enseñanza en pregrado, según el nuevo Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Ley Universitaria, informaron voceros de la Superintendencia Nacional de Educación (Sunedu).

En diálogo con la agencia Andina, la directora de Fiscalización y Sanción de la institución, Ana Luisa Alfaro, dijo que las universidades no deben incorporar a nuevos docentes sin las condiciones que exige la ley como es el grado de magíster para enseñar en pregrado porque serán sujeto de sanciones, indicó. 

"La medida está vigente desde que se publicó la Ley N° 30220 (Ley Universitaria) y si no la cumplen estarán incurriendo en una infracción, calificada de muy grave pues van en desmedro de la calidad de la educación superior", comentó la funcionaria.

Sin embargo, el reglamento indica que los que ejercían la docencia hasta antes de entrar en vigencia la ley, tienen un plazo de cinco años para obtener el título académico", comentó Alfaro. 

Agregó que también se consideran infracciones muy graves si las universidades incluyen a profesores en las maestrías o programas de especialización sin tener una maestría o doctorado. Lo mismo, si enseñan en doctorados sin ostentar ese título.

"No se aplica a los docentes que enseñaban al momento de entrar en vigencia la Ley Universitaria pues también tienen el mismo plazo de cinco años para actualizarse", indica el reglamento.

La abogada recordó que la norma establece condiciones básicas de calidad y que el reglamento, recientemente publicado, se aplicará de forma progresiva sobre todo para el licenciamiento (otorgamiento de licencia) de las universidades. 

Sanciones

Como todas las infracciones consideradas muy graves, las sanciones oscilan entre los 
S/. 385,000 y S/. 1'155,000 (100 UIT - 300 UIT), y si es necesario, puede llegar a la cancelación de funcionamiento de la universidad.

Todo depende, agregó la funcionaria, de lo que determine el Consejo Directivo de la Sunedu que es el responsable de aplicar las sanciones. 

Esta instancia evaluará de manera concreta cada caso por medio de criterios de gradualidad como circunstancia de la infracción, beneficio ilegalmente obtenido, daño ocasionado, entre otros, indicó.

El reglamento de infracciones y sanciones se aplicará de manera obligatoria en las universidades públicas y privadas como en las extranjeras acreditadas en el Perú, puntualizó Alfaro.   

(FIN) SMS/ART

Published: 12/29/2015