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Puno: Indecopi multa a colegio por imponer cláusulas abusivas en perjuicio de consumidores

Indecopi sancionó con una multa a un colegio de Puno por imponer cláusulas abusivas en perjuicio de sus consumidores y por no implementar medidas de prevención contra el bullying.

Indecopi sancionó con una multa a un colegio de Puno por imponer cláusulas abusivas en perjuicio de sus consumidores y por no implementar medidas de prevención contra el bullying.

11:33 | Puno, dic. 4.

Inversiones Educativas IS Puno E.I.R.L. fue sancionada con una multa de 39.64 UIT, equivalente a 204,146 soles por la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Puno por consignar cláusulas abusivas en los contratos de su servicio educativo en perjuicio de los consumidores y no cumplir con la entrega del boletín de sana convivencia para prevención del bullying.

Según Indecopi, durante las investigaciones se comprobó que el proveedor infringió el artículo 73° del Código de Protección y Defensa del Consumidor debido a que no entregó a los estudiantes y padres de familia, al inicio del año escolar 2023, un boletín informativo sobre normas y principios de sana convivencia y disciplina escolar, imponiéndoles una multa de 33.26 UIT.


Refirió, asimismo, que se consignó en el contrato de prestación de servicios educativos del año 2023 una cláusula abusiva que negaba la matrícula a los estudiantes con deudas, pese a que sus padres cumplían con cancelarlas. Así, infringió el literal e) del artículo 50° del Código que describe aquellas imposiciones que limitan los derechos legales reconocidos a los consumidores, como el derecho a la educación, imponiendo por tal hecho una multa de 3.19 UIT.

La Comisión de Indecopi en Puno identificó también la imposición de otra cláusula abusiva que vulnera el literal g) del mismo artículo 50°, la cual obligaba a los padres de familia a renunciar a formular reclamos para la devolución de los montos pagados en caso de que sus hijos o apoderados sean retirados o trasladados del colegio por cualquier motivo y época del año. Se impuso otra multa de 3.19 UIT
 
Como medidas correctivas, la Comisión ordenó al proveedor entregar a los estudiantes y padres de familia al inicio de cada periodo escolar el referido boletín informativo y, además, adecuar el documento denominado “Contrato de Prestación de Servicios Educativos Año 2023” de forma tal que no excluya o limite los derechos legales reconocidos a los consumidores.
 
La Resolución Final n° 076-2024/CPC-INDECOPI-PUN https://acortar.link/7mF0GV fue apelada y será analizada por la Sala Especializada en Protección al Consumidor.
 
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(FIN) NDP/MAO
JRA

Published: 12/4/2024