El último domingo el Gobierno publicó el Decreto Supremo Nº 080-2020-PCM el cual establece la reanudación de 27 actividades en cuatro sectores económicos, de forma gradual, incorporando precauciones y medidas de protección necesarias para prevenir los contagios y minimizar el riesgo de un repunte del coronavirus.
De acuerdo con la normativa, los criterios fundamentales para la implementación gradual y progresiva de las fases de la Reanudación de Actividades son de salud pública, posible aumento del riesgo de contagio, dimensión social y de actividad económica.
Previo al reinicio de actividades, las empresas o personas naturales o jurídicas deben observar los lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición al coronavirus, así como los Protocolos Sectoriales para elaborar su “Plan para la vigilancia, prevención y control del Covid-19 en el trabajo”.
Además, deberán proceder a su registro en el Sistema Integrado para el Covid-19 (Sicovid-19) del Ministerio de Salud.
Al respecto, la ministra de Economía y Finanzas, María Antonieta Alva, indicó que tras el término de la primera fase del reinicio de actividades, la economía peruana volverá a operar al 70% de su capacidad.
Indicó que se ha previsto un plan de reinicio de actividades en cuatro fases y cada una durará un mes, y además se realizará un continuo monitoreo para ver qué mejoras se pueden realizar.
Actividades
Así, la Fase 1 de la “Reanudación de Actividades” se inicia en mayo del 2020 y sus actividades son minería e industria, construcción, servicios de turismo y restaurantes y comercio, de acuerdo al siguiente detalle:
Minería e industria:
1. Explotación, beneficio, almacenamiento, transporte y cierre de minas del estrato de la gran minería y, proyectos en construcción de interés nacional e hidrocarburos.
2. Insumos para la actividad agropecuaria.
3. Pesca industrial (consumo humano indirecto).
4. Producción temporal: órdenes de compra (exportaciones) vencidas y por vencer.
5. Industrias de vidrio, forestal (maderable u no maderable), papel y cartón, plásticos y hielo ampliación de textil y confecciones, maquinaria y equipo.
6. Industria metalmecánica.
7. Sustancias químicas básicas y abono y servicios complementarios a agricultura (para actividades esenciales).
Construcción:
8. Proyectos del Plan Nacional de Infraestructura para la competitividad (PNIC).
9. Proyectos de la Autoridad para la Reconstrucción con cambios (ARCC).
10. 56 proyectos del Sector Transportes y Comunicaciones.
11. 36 obras de saneamiento.
12. Actividades de infraestructura agraria (riego, mantenimiento, rehabilitación de drenes, entre otros).
13. Proyectos inmobiliarios priorizados (fase de excavación, estructuras y acabados, y viviendas en el ámbito rural).
14. Productos agrarios (alquiler/venta de maquinarias).
15. Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR), acceso de agua y alcantarillado en comisarías, hospitales y colegios.
16. Industrias y servicios conexos a la construcción.
Servicios y turismo:
17. Restaurantes y afines autorizados para entrega a domicilio (con propia logística del establecimiento y protocolo de seguridad y recojo en local).
18. Hoteles categorizados y transporte turístico para actividades esenciales.
19. Servicios vinculados a telecomunicaciones.
20. Servicios complementarios a la agricultura.
21. Servicios prestados a empresas (soporte de TI y servicios profesionales, exportaciones de servicio de conocimiento)
22. Servicios notariales.
23. Servicios de reciclaje.
24. Servicios de mantenimiento de equipo relacionado a edificaciones y hogares (bombas, termas, ascensores, gasfitería, electricista, carpintería, entre otros).
25. Servicios de almacenamiento de: Abonos y materias primas agropecuarias, artículos de plásticos, vidrio, papel, cartones, aserradura de madera, hielo para actividades en general.
Comercio:
26. Comercialización de productos agrarios.
27. Comercio electrónico de bienes para el hogar y afines.
(FIN) RGP/JJN
Published: 5/4/2020