Entra en vigencia norma de la Comunidad Andina para comercio de cosméticos
Facilita su intercambio comercial y resguarda salud de consumidores

Foto: ANDINA/difusión.
La Comunidad Andina (CAN) indicó hoy que desde el 1 de marzo ya está en vigencia para los países del bloque, Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú, la Decisión 833 “Armonización de legislaciones en materia de productos cosméticos”.
Published: 3/4/2021
Esta norma facilita su comercio y resguarda la salud de los 111 millones de ciudadanos andinos.
Según anunció el secretario general de la Comunidad Andina, Jorge Hernando Pedraza, la mencionada Decisión y su Reglamento establecen los requisitos y procedimientos que deben cumplir los productos cosméticos originarios de la CAN y de terceros países, para comercializarse en la subregión.
Además precisó que la norma regula la producción, almacenamiento, importación y comercialización de estos productos; así como el control de la calidad y la vigilancia sanitaria de los mismos para lograr un elevado nivel de protección de la salud o seguridad humana y evitar informaciones que induzcan a error al consumidor.
Dentro de este rubro de productos se encuentran cosméticos para el aseo e higiene corporal (paños húmedos y geles antibacteriales con una concentración menor del 70 % de alcohol), cosméticos para niños, para higiene bucal y dental, para el área de los ojos, la piel, capilares, repelentes de insectos que van sobre la piel, entre otros.
El jefe del organismo también señaló que entró en vigencia el Reglamento Técnico Andino sobre Especificaciones Técnicas Microbiológicas de Productos Cosméticos.
Con las citadas normas de carácter supranacional se actualizan los procedimientos para solicitar, renovar, reconocer y modificar la Notificación Sanitaria Obligatoria (NSO), documento mediante el cual se informa a las autoridades nacionales competentes, bajo declaración jurada, que un producto cosmético será comercializado.
Jorge Hernando Pedraza destacó que en el periodo enero-octubre del 2020 las exportaciones de los productos cosméticos alcanzaron los 389 millones de dólares.
De este monto, 182 millones de dólares correspondieron al comercio intracomunitario y 207 millones de dólares al comercio extracomunitario.
Accede a la normativa andina en el siguiente link: https://bit.ly/38cDdLc
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— Agencia Andina (@Agencia_Andina) March 4, 2021
(FIN) NDP / MDV
GRM
Published: 3/4/2021
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