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Congreso aprueba ley que implica mayor iniciativa de gasto por S/ 700 millones

Plantea incrementar CTS para trabajadores de EsSalud del régimen 276

EsSalud. ANDINA/Difusión

EsSalud. ANDINA/Difusión

12:18 | Lima, abr. 12.

El Pleno del Congreso de la República aprobó anoche por insistencia un proyecto de ley que incrementa el pago de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) para los los trabajadores de EsSalud que pertenecen al régimen laboral del Decreto Legislativo 276.

Cabe recordar que la iniciativa fue observada por el Ejecutivo a fines del 2018, luego de la primera aprobación del Congreso en agosto del año pasado, y ahora fue aprobada por insistencia.


Norma inconstitucional

El ministro de Economía y Finanzas, Carlos Oliva, adelantó en el 2018 que de aprobarse la norma el Ejecutivo podría acudir al Tribunal Constitucional (TC) si fuera necesario, pues la norma es inconstitucional.

Está sumamente claro que es una iniciativa de gasto del Congreso, manifestó en su momento y adelantó que se observaría la norma y así lo hizo el Ejecutivo a fines del 2018.

“Cuando suceden estos casos siempre se acude al Tribunal Constitucional y así lo haremos porque entendemos que esa ley es inconstitucional”, sostuvo aquella vez.

En esa oportunidad aseguró que la ley aprobada por el Congreso representaba un gasto adicional de 700 millones de soles en los próximos tres años para EsSalud.

El motivo del alza presupuestal radica en un nuevo método para determinar la CTS. Ahora, se calculará tomando como base el 100% del ingreso percibido, que tiene dos componentes: la remuneración principal y la bonificación por productividad.

El proyecto de ley se aprobó anoche por insistencia con 70 votos a favor, 4 en contra y 9 abstenciones.


Plan de rescate financiero

Adicionalmente, anoche también el Pleno del Congreso de la República aprobó por insistencia de la ley que declara de interés nacional la creación de un plan de rescate financiero para las micro y pequeñas empresas (mypes) afectadas por el Fenómeno El Niño costero.
 

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(FIN) JJN/JJN

Published: 4/12/2019