Andina

Ejecutivo declara estado de emergencia en distritos de Arequipa por huaicos

Medida tiene vigencia de 60 días calendario

Declaran estado de emergencia en nueve distritos de Moquegua debido a huaicos. ANDINA/Difusión

Declaran estado de emergencia en nueve distritos de Moquegua debido a huaicos. ANDINA/Difusión

08:49 | Lima, feb. 9.

El Ejecutivo declaró el estado de emergencia, por 60 días calendario, en varios distritos de la región Arequipa debido al desastre dejado por la caída de huaicos y deslizamientos, provocados por las intensas lluvias. Esta medida permitirá la ejecución de acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación en las zonas afectadas.

Mediante un Decreto Supremo publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se establece que la declaratoria de emergencia comprende al distrito de Quequeña, provincia de Arequipa; al distrito de Aplao, provincia de Castilla; y al distrito de Río Grande, provincia de Condesuyos.

La norma dispone que el gobierno regional de Arequipa y los gobiernos locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) ejecutarán las medidas y acciones destinadas a la respuesta y rehabilitación de las zonas afectadas.


Estas acciones contarán con la participación de los Ministerios de Salud; Educación; Agricultura y Riego; Vivienda, Construcción y Saneamiento; Transportes y Comunicaciones; Interior; Defensa; Mujer y Poblaciones Vulnerables; Desarrollo e Inclusión Social; Trabajo y Promoción del Empleo; Producción; Energía y Minas; y demás instituciones públicas y privadas involucradas.

Las intervenciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes, precisa el dispositivo legal.

La implementación de estas acciones se financiará con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente.

El Decreto Supremo lleva la firma del presidente de la República, Martín Vizcarra Cornejo; y está refrendada por los titulares de los ministerios mencionados.

(FIN) LZD/

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Published: 2/9/2019