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Osiptel confirma sanción a empresa operadora Claro por competencia desleal

Multa asciende a más de 6 millones de soles por infracciones muy graves

Foto: ANDINA/difusión.

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07:42 | Lima, set. 29.

El Tribunal de Solución de Controversias del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) confirmó la sanción impuesta a la empresa América Móvil (Claro) por infracciones muy graves a la Ley de Represión de la Competencia Desleal, con una multa que asciende a 1,400 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalente a 6 millones 440,000 soles.

A través de la Resolución 00013-2022-TSC/Osiptel, el Tribunal de Solución de Controversias declaró infundado los recursos de apelación y desestimó una solicitud de nulidad presentados por la empresa operadora contra las disposiciones emitidas en primera instancia por el Cuerpo Colegiado Permanente del ente regulador.

De acuerdo a la resolución del Tribunal se ratifica la multa de 1,400 UIT a Claro, por la comisión de las infracciones al literal b) del artículo 14.2. y al artículo 6 de la Ley de Represión de la Competencia Desleal, aprobada por Decreto Legislativo 1044, calificadas como muy graves.

El 3 de enero del 2019 se inició un procedimiento administrativo sancionador producto de las investigaciones preliminares realizadas por la Secretaría Técnica de los Cuerpos Colegiados del Osiptel, luego de que Telefónica del Perú denunciara la conducta desleal de Claro.

Según la evidencia recogida durante el procedimiento por el Cuerpo Colegiado del Osiptel, desde julio del 2017 Claro hizo uso ilícito del espectro radioeléctrico en la banda de 2.6 GHz sin contar con el título habilitante para explotar dicho recurso natural del Estado, obteniendo una ventaja ilícita que le permitió competir de manera desleal en el mercado móvil.

Esta empresa también infringió el artículo 6 de la Ley de Represión de la Competencia Desleal al concentrar de manera ilícita el espectro en la banda de 2.6 GHz y suscribir contratos de comercialización de tráfico y servicios, mediante una estrategia contraria a la buena fe empresarial que le permitió tener una ventaja competitiva que no responde a su propia eficiencia, sino a mecanismos desleales.

Por ambas infracciones calificadas de muy graves se le impuso una multa de 1,400 UIT. Cabe señalar que la resolución del Tribunal agota la vía administrativa.

El Tribunal de Solución de Controversias es el órgano colegiado del Osiptel competente para resolver, en segunda y última instancia administrativa, los recursos de apelación interpuestos contra las resoluciones emitidas por los cuerpos colegiados en primera instancia que sancionan conductas anticompetitivas y desleales con efectos en los mercados de servicios públicos de telecomunicaciones.


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(FIN) NDP/CNA/JJN
GRM

Published: 9/29/2022