El retiro del 100 % de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) podrá realizarse hasta el 31 de diciembre, en función a la ley aprobada por el Congreso de la República, y promulgada por el Ejecutivo.
La norma señala que la disposición de la CTS permitirá a los trabajadores cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia del covid-19.
En ese sentido, autoriza, por única vez y hasta el 31 de diciembre del 2021, a los trabajadores comprendidos dentro del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, a disponer libremente de hasta el 100 % de los depósitos por CTS que tengan acumulados a la fecha en las entidades financieras.
Dispone, además, que el Poder Ejecutivo dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para el cumplimiento de la norma, en el plazo máximo de diez días calendario, desde la entrada en vigencia de la ley.
A mitad de semana, la presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez, había adelantado que el Ejecutivo no observaría la autógrafa de ley que faculta el retiro de la CTS, al considerar las contingencias que podría generar la emergencia sanitaria en el país.
Además, expresó su confianza en que los trabajadores adopten una decisión responsable sobre lo que permite la ley.
En ese sentido, aclaró que la promulgación de la ley no significa que es obligatorio que los trabajadores retiren el total de sus fondos de CTS.
(FIN) FHG/VVS
GRM
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Published: 4/25/2021