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Contraloría inicia auditorías de cumplimiento en Reconstrucción con Cambios

Acciones de control identificarán responsabilidades administrativas, civiles o penales de gestores públicos

La Contraloría General de la República realizará auditorías de cumplimiento en las intervenciones públicas que se ejecutan como parte del proceso de Reconstrucción con Cambios en las regiones afectadas por El Niño Costero.

La Contraloría General de la República realizará auditorías de cumplimiento en las intervenciones públicas que se ejecutan como parte del proceso de Reconstrucción con Cambios en las regiones afectadas por El Niño Costero.

17:34 | Lima, mar. 13.

La Contraloría General de la República realizará auditorías de cumplimiento en las intervenciones públicas que se ejecutan como parte del proceso de Reconstrucción con Cambios en las regiones afectadas por El Niño Costero.

Voceros de la entidad precisaron que estas auditorías permitirán garantizar un control más eficiente y oportuno en las obras y proyectos, así como para identificar las presuntas responsabilidades administrativas, civiles o penales de los gestores públicos.

Explicaron que estas auditorías de cumplimiento (control posterior) se realizarán en forma complementaria al control concurrente. Recordaron que este sistema de control concurrente -que ya se viene ejecutando- permite alertar oportunamente a los gestores públicos sobre situaciones adversas identificadas a fin de que adopten las medidas correctivas del caso.


“Las auditorías de cumplimiento derivadas del control concurrente, permitirán identificar en qué medida los gestores públicos que participan en el proceso de Reconstrucción con Cambios cumplieron la normativa vigente, disposiciones internas y estipulaciones contractuales; y si esta situación acarrea responsabilidad administrativa, civil o penal”, anotaron.

Detallaron que esta modalidad de control posterior se efectuará cuando la comisión que ejecuta el control concurrente determine que no es posible que la entidad tome alguna acción correctiva sobre determinados hechos, por cuanto su efecto es irreversible.

Asimismo, cuando la comisión que ejecuta el control concurrente determine que existen indicios de la comisión de un delito contra la administración pública.


Al cierre del control concurrente en el último hito del proceso de contratación de bienes, servicios, obras y consultorías o cualquier tipo de intervención, operación, transacción, proyecto, programa u otro, la comisión de control advierta que las situaciones adversas identificadas y comunicadas en su oportunidad no fueron corregidas habiéndose concretado la afectación negativa.

La Contraloría General de la República explicó que la auditoría de cumplimiento derivada del control concurrente será planificada y ejecutada por el mismo equipo de auditores que realizó el acompañamiento por hitos de control, porque ya tienen conocimiento de la entidad auditada y su entorno, y pueden identificar con mayor inmediatez las posibles fuentes de evidencia. 

Sin perjuicio de ello, la referida comisión auditora (integrada además por especialistas de diversas profesiones) puede solicitar a la entidad, a las personas naturales o jurídicas vinculadas a la misma, información adicional.

El pasado 8 de marzo del 2018, se publicó la Resolución de Contraloría N° 070-2018-CG que aprobó la Directiva N° 005-2018-CG/DPROCAL “Auditoría de cumplimiento derivada del control concurrente”.

(FIN) NDP/LZD

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Published: 3/13/2018