El Congreso de la República publicó una ley que autoriza excepcionalmente a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) a disponer de bienes y mercancías que tenga bajo su custodia en almacenes y que hayan ingresado hasta el 31 de diciembre del 2022.
La medida fue oficializada a través de la publicación de la
Ley Nº 31974 en el Boletín de Normas Legales del
Diario Oficial El Peruano.
La norma aprobada por insistencia en el Parlamento refiere que se faculta a la Sunat a adjudicar, rematar, destruir o entregar al sector competente, según su naturaleza o estado de conservación, al margen de que estos se encuentren con proceso administrativo o judicial en trámite.
La ley señala también que las entidades del sector público podrán beneficiarse con la adjudicación de las mercancías o bienes. Disponen para ello de un plazo máximo de 30 días hábiles para solicitar el retiro de estas. Vencido dicho plazo sin que se haya producido el retiro, la Sunat queda autorizada para disponer nuevamente de ellas.
Asimismo, ninguna autoridad administrativa, policial, fiscal o judicial podrá suspender o impedir el cumplimiento de lo dispuesto en la norma, salvo que de forma excepcional considere que la mercancía o el bien del cual se va a disponer sea cuerpo del delito y así lo disponga expresamente.
Señala que el Poder Ejecutivo, mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas, aprobará las normas reglamentarias necesarias, dentro de un plazo de 30 días hábiles de entrada en vigor de la presente ley, que deben incluir disposiciones referidas a la supervisión y la evaluación como medidas de transparencia.
Más en Andina:
(FIN) GDS/SDD
Published: 1/11/2024