Andina

Amprimo: no se podría ordenar al Congreso suspender debate presupuestal

12:12 |

Lima, nov. 11 (ANDINA).- El primer vicepresidente del Congreso, Natale Amprimo, sostuvo hoy que en principio no se puede pedir al Parlamento que suspenda el debate del presupuesto del Poder Judicial (PJ).

  Lima, nov. 11 (ANDINA).- El primer vicepresidente del Congreso, Natale Amprimo, sostuvo hoy que en principio no se puede pedir al Parlamento que suspenda el debate del presupuesto del Poder Judicial (PJ).

   Fue al referirse al pedido del Poder Judicial ante el Tribunal Constitucional para que el Legislativo suspenda el debate sobre su presupuesto hasta que se defina la contienda de competencia planteada sobre su autonomía presupuestal.

   "El presupuesto es una competencia del Congreso. No se podría pedir que el Parlamento no debata el presupuesto, ya que esa es una competencia prevista en la Constitución y tiene plazos muy cortos y preestablecidos", declaró a Andina.

   Manifestó que la complicada situación que se generaría con una eventual decisión del TC favorable al pedido del Poder Judicial, se podría evitar si el Ejecutivo hubiera promulgado ya la ley que prohibe dar medidas cautelares contra poderes del Estado.

   Amprimo indicó que una salida al problema que generaría la aceptación de la medida cautelar planteada por el PJ, sería que dispusiera que éste poder del Estado pueda sustentar su propuesta de presupuesto ante el Legislativo.

   "Al final será el Congreso el que decida si recorta o no las cifras", remarcó el legislador al señalar que suspender el debate del presupuesto del PJ implicaría paralizar todo el Presupuesto General de la República.

   Consideró que en tanto el TC no resuelva el pedido para suspender el debate del presupuesto del PJ, no se puede hablar de una injerencia en las atribuciones del Congreso, como se hizo cuando una juez ordenó al Legislativo no reformar la ley 20530 o Cédula Viva.

   Opinó finalmente que la contienda de competencia entre el Ejecutivo y el PJ, sobre el presupuesto de este último, debe resolverse lo más antes posible.

   (FIN) GCO / RES - 11/11/04 12:02

 


Published: 11/11/2004