Andina

Aprueban decisión que facilita ingreso de vehículos de uso privado de turistas en la CAN

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16:00 | Lima, oct. 22.

Los países de la Comunidad Andina (CAN) aprobaron la decisión que facilitará el ingreso, la permanencia y la salida temporal de los vehículos de uso privado de los turistas en los países que conforman este bloque económico.

La norma fue aprobada durante la Reunión Extraordinaria 154 de la Comisión de la CAN, en la cual participó el secretario general de la Comunidad Andina, Jorge Hernando Pedraza; y los viceministros de Comercio de Ecuador, Daniel Legarda en representación de la Presidencia Pro Tempore; Benjamín Blanco de Bolivia; Andrés Cárdenas de Colombia; y Diego Llosa de Perú.

Esta decisión supranacional establece que dichos vehículos deberán ingresar y salir del territorio de los países miembros libres de impuestos y por los puntos oficiales de control aduanero fronterizos habilitados.


El plazo de validez de la autorización para la salida temporal y retorno del vehículo al país de origen será de un año, contado a partir de su emisión. En tanto, el plazo de permanencia que otorgue al vehículo la autoridad aduanera del país donde se realizará el turismo estará supeditada al permiso que la autoridad migratoria conceda al turista, conforme a la legislación de cada país.

“Esta nueva norma andina que ofrece facilidades para la circulación de los más de 111 millones de ciudadanos de la CAN, contribuirá a la reactivación del sector turismo y, por ende, a la recuperación económica y social de nuestra región”, destacó Hernando Pedraza.

La decisión entrará en vigencia 180 días calendario después de la publicación de su reglamento en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.

Durante la reunión, en la que el ministerio de Turismo de Ecuador en su condición de PPT, presentó la iniciativa Caminos andinos, para promover conjuntamente la reactivación de este sector en la región andina, se acordó la creación del Grupo Ad Hoc de Turismo.

Otras normas aprobadas

Los países también aprobaron la decisión Nomenclatura Común de Designación y Codificación de Mercancías de los Países Miembros de la CAN (NANDINA), acorde al sistema armonizado de la Organización Mundial de Aduanas, la cual facilitará la identificación y clasificación de mercancías, el levantamiento de estadísticas, la gestión aduanera y la implementación de los aranceles nacionales.

Asimismo, acordaron extender el plazo que faculta a los cuatro países a suspender temporalmente la aplicación de la Decisión 483, sobre normas para el registro, control, comercialización y uso de productos veterinarios, hasta el 28 de octubre de 2022 y adoptaron el Reglamento del Fondo de Iniciativas Comunitarias, cuya finalidad es apoyar financieramente programas y proyectos propuestos por los países, los Comités Técnicos y Grupos de Trabajo de la Comunidad Andina y la Secretaría General, orientados a contribuir con los objetivos de la integración.

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(FIN) NDP/VLA
GRM

Published: 10/22/2021