La persona que, en el ámbito religioso, educativo o familiar, aprovechándose de su posición de autoridad y de la confianza, abusa sexualmente de otra de 14 años de edad o más, puede recibir penas de cadena perpetua o 26 años de cárcel.
El juez Richard Concepción Carhuancho, titular del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, señaló que si la víctima es menor de 14 años, la pena a aplicar es de cadena perpetua.
Si la edad de la persona agraviada es de 14 años o más, la pena es entre 14 a 20 años, pero se agrava cuando el sujeto activo se aprovecha de su autoridad o de la confianza, indicó el magistrado.
“Si el sujeto activo o el agresor tiene una posición de autoridad o de confianza sobre la víctima, de manera que se aprovecha de esa posición y abusa sexualmente de la víctima, lo que puede presentarse en el ámbito familiar educativo y religioso, la circunstancia se agrava y la pena puede ir de 20 a 26 años de cárcel”, señaló Concepción.
En estos casos, si los mecanismos utilizados comprenden violencia, amenaza o aprovechamiento de un entorno de coacción la penalidad puede ser de entre 14 y 20 años de prisión.
Palabra de la víctima
De igual forma, el juez Concepción refirió que, actualmente, se ha bajado la valla del estándar probatorio para la acreditación del delito de violación, por lo que basta en muchos casos la sola declaración de la víctima para debilitar la presunción de inocencia de todo investigado. Por tal motivo, esta declaración debe cumplir con determinadas garantías de certeza.
En el caso de que la víctima se retracte de la denuncia, la Corte Suprema ha establecido criterios para evaluar la validez del cambio de versión, indicó.
(FIN) NDP/FGM
GRM
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Published: 5/4/2024