Andina

MEF aprueba operaciones de endeudamiento con BIRF y BID por US$ 100 millones

Comprende US$ 50 millones para financiar el “Programa de mejoramiento de la productividad y competitividad”

ANDINA

ANDINA

11:03 | Lima, mar. 12.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó sendas operaciones de endeudamiento externo con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) por un total de 100 millones de dólares.

En ese sentido, mediante Decreto Supremo Nº 049-2020-EF, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó una operación de endeudamiento externo con el BID hasta por 50 millones de dólares para financiar el “Programa de mejoramiento de la productividad y competitividad”.

La cancelación de dicha operación de endeudamiento externo es mediante cuatro cuotas, en los siguientes porcentajes del monto del préstamo y fechas:

- 26% el 15 de enero de 2025

- 26% el 15 de julio de 2025

- 24% el 15 de enero de 2027

- 24% el 15 de julio de 2027

Las cuotas devengan una tasa de interés basada en la LIBOR a tres meses, más un margen a ser determinado por el BID de acuerdo con su política sobre tasas de interés.

El referido endeudamiento externo con el BID está sujeto a una comisión de crédito sobre el saldo no desembolsado del préstamo, que es establecido periódicamente de conformidad con las disposiciones aplicables de la política del BID, sin que exceda el 0.75% anual.

Durante el periodo de desembolso no hay comisión de inspección y vigilancia, salvo que el BID la restituya, en cuyo caso no puede cobrarse en un semestre determinado más de 1% del monto de financiamiento dividido por el número de semestres comprendidos en el plazo original de desembolsos.


Con el BIRF


Asimismo, vía Decreto Supremo Nº 050-2020-EF, se aprobó una operación de endeudamiento externo con el BIRF hasta por la suma de 50 millones de dólares, destinada a financiar parcialmente el proyecto “Creación del servicio de catastro urbano en distritos priorizados de las provincias de Chiclayo, Lambayeque, Lima y Piura”.

La cancelación de esta operación de endeudamiento externo con el BIRF es mediante seis cuotas semestrales y consecutivas, en los siguientes porcentajes del monto del préstamo y fechas:

- 10% el 1 de agosto de 2026

- 10% el 1 de febrero de 2027

- 20% el 1 de agosto de 2027

- 20% el 1 de febrero de 2028

- 20% el 1 de agosto de 2028

- 20% el 1 de febrero de 2029

Las cuotas devengan una tasa de interés basada en la LIBOR a seis meses, más un margen a ser determinado por el BIRF de acuerdo con su política sobre tasas de interés.

El referido endeudamiento externo con el BIRF está sujeto al pago de una comisión de compromiso del 0.25% anual sobre el monto por desembolsar del préstamo, así como una comisión de financiamiento del 0.25% sobre el monto total del préstamo, por una sola vez.


Conversión


Se autoriza al MEF, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, para que en el marco de la operación de endeudamiento externo que se aprueba pueda solicitar las opciones de facilidad de Conversión de Moneda, Conversión de Tasa de Interés y Conversión de Productos Básicos.

Para tal fin, se autoriza al Director General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del MEF a suscribir, en representación de la República del Perú, las instrucciones de conversión, así como toda la documentación que se requiera para implementar las referidas conversiones.

La unidad ejecutora del “Programa de Mejoramiento de la Productividad y Competitividad” es el MEF, a través de la Dirección General del Tesoro Público.

Mientras que la unidad ejecutora del proyecto “Creación del servicio de catastro urbano en distritos priorizados de las provincias de Chiclayo, Lambayeque, Lima y Piura” es el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri).

El servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasionen las operaciones de endeudamiento externo es atendido por el MEF con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda pública.


Más en Andina:



(FIN) CNA

Published: 3/12/2020