MEF autoriza transferencia de S/ 33.9 millones a 13 comunas para intervenciones

Foto: ANDINA.

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09:15 | Lima, may. 23.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) autorizó la transferencia de 33 millones 960,256 soles a 13 gobiernos locales para financiar 16 intervenciones priorizadas en el Acta 42 de la Comisión Multisectorial del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (Fondes).

Mediante el Decreto Supremo 100-2025-EF se autorizó la transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios.

Ello  con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci).

El detalle de los recursos asociados a la transferencia se encuentran en el Anexo I: “Transferencia de Partidas a favor de diversos gobiernos locales - Proyecto de inversión e Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR) de emergencia” y en el Anexo II: “Transferencia de partidas a favor de diversos gobiernos locales - Actividades de mitigación y capacidad de respuesta”.

Estos anexos forman parte integrante de la presente norma y se publican en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob. pe/mef), en la misma fecha de publicación del presente decreto supremo en el Diario Oficial El Peruano.

El titular del pliego habilitador y de los pliegos habilitados en la presente transferencia de partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados, a nivel programático, dentro de los cinco días calendario contados desde la vigencia del presente dispositivo legal. 

La copia de la resolución se remite dentro de los cinco días calendario de aprobada a los organismos señalados.

La oficina de presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas partidas de ingresos, finalidades y unidades de medida.

La oficina de presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruyen a las unidades ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. 

Para el caso de los gobiernos locales, la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en dichos pliegos, elabora las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.


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(FIN) JJN/JJN
GRM

Published: 5/23/2025