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Agustín Lozano: ¿qué delitos se le imputan al presidente de la FPF?

Foto: ANDINA/Jhonel Rodríguez Robles.

Foto: ANDINA/Jhonel Rodríguez Robles.

11:00 | Lima, nov. 7.

La detención preliminar ordenada contra el presidente de la Federación Peruana de Fútbol (FPF), Agustín Lozano, y otros dirigentes deportivos, responde a la presunta existencia en ella de una organización criminal. A continuación, un resumen de lo que el Ministerio Público sostiene al respecto.

Las detenciones solicitadas por la fiscalía comprendieron, además de Lozano, a Joel Raffo (presidente del Sporting Cristal), Gisella Mandriotti (presidenta del Cantolao), Humberto Miñán (presidente de la Liga de Fútbol de Tumbes), Jean Marcel Robilliard (exsecretario de la FPF), Juan Carlos La Rosa (exfutbolista), Sabrina Martín (secretaria de la FPF), Norma Alva (operadora de venta de entradas) y Fredy Salazar (contador de la FPF).


Estos personajes formarían parte –según el Ministerio Público– de una organización criminal denominada los Galácticos, que habría incurrido en diversos actos delictivos.

Estos delitos comprenden lavado de activos, presunta extorsión, falsedad genérica, fraude en la administración de una persona jurídica y corrupción. A Lozano se le sindica de ser el líder de esta supuesta organización criminal.

Copamiento de la FPF

Con las acciones delictivas mencionadas se habría pretendido mantener el control de la FPF a través de diversas acciones registrales hechas ante la Sunarp, pasando luego a tomar control de la junta directiva, del área legal, de la secretaría general y de otros órganos directivos.

Se indica que este copamiento tuvo como motivación “desviar los fondos dinerarios de la FPF “con fines diferentes a su actividad de asociación civil, sin dar cuenta de eso a la asamblea de bases” de esta institución.

 
En ese contexto, la fiscalía sostiene también que Lozano y los demás presuntos miembros de la referida organización habrían dispuesto a su favor dinero de la federación, autoasignándose montos y condonando deudas a clubes y ligas de fútbol departamentales.

Estas acciones habrían generado un desbalance financiero de 8.3 millones de soles en desmedro de la FPF, indica la fiscalía.

Derechos de televisión

Dentro de ese marco, se indica que Lozano y sus allegados pretendieron apoderarse de los derechos de transmisión televisiva de los partidos de la Liga 1-2023, “en detrimento de lo clubes de la primera división del fútbol peruano” y extorsionando a los directivos de esas entidades para alcanzar ese fin.


En tal sentido, se afirma que este grupo “mediante su accionar pretende limitar el derecho a la imagen y contratación de los clubes del fútbol profesional de primera división”.

Esto tuvo el objetivo –señala el Ministerio Público– de que “todo el dinero proveniente de los derechos de transmisión sea única y exclusivamente administrado por Agustín Lozano”.


La fiscalía sindica también de presuntos asociados de Lozano en dicha agrupación delictiva a los dirigentes de la FPF Raúl Bao, Víctor Bellido, Luis Alberto Duarte, Juan Dupuy y José Carlos Isla. Se indica que los dos primeros fueron “beneficiados económicamente” con dinero de la federación entregado a cambio de votos favorables a los intereses del titular de dicha institución.

Con respecto al cargo de falsedad genérica, se señala que el 2019 el Poder Judicial, vía una sentencia de la Sala Civil de la Corte Suprema, señaló que es nula la inscripción del estatuto presentada por la dirigencia de la FPF. Sin embargo, ello no fue comunicado a las bases y, en cambio, se convocó a asamblea para modificar el mencionado texto, pese a la nulidad establecida.

También se indica que Lozano no comunicó a los asociados a la FPF cuál es la real situación administrativa, económica y financiera de dicha institución, pese a que se determinó, mediante pericias forenses solicitadas por los miembros de la asamblea de bases, que hubo irregularidades en el presupuesto y los gastos de ejecución de la construcción de la Villa Deportiva de Chaclacayo.

Ello configuraría el delito de fraude en la administración de persona jurídica, señala la fiscalía.


(FIN) FGM/CVC
GRM

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Published: 11/7/2024