19:44 | Chimbote, dic. 23.
Personal del Ministerio Público inspeccionó hoy diversos centros comerciales de la ciudad de Chimbote para verificar si las tiendas cumplen con la reducción del aforo a 40 %, dispuesta recientemente como medida para prevenir nuevos contagios del covid-19.
En coordinación con la subgerencia de Comercialización y Mercados de la municipalidad provincial del Santa, los inspectores llegaron hasta el centro comercial Mega Plaza de Chimbote, donde advirtieron, en algunos locales, el incumplimiento a las medidas sanitarias dictadas por el Ejecutivo.
El fiscal a cargo, Jesús Flores Otiniano, y el equipo de control identificaron aglomeración de público en la tienda Ripley, motivo por el cual el personal de la comuna impuso una papeleta de infracción administrativa por incumplir una medida sanitaria, informó el distrito fiscal del Santa.
También verificaron que los juguetes ofrecidos al público en diversos locales comerciales cuenten con los respectivos registros sanitarios emitidos por Dirección General de Salud (Digesa).
Más inspecciones
El gerente de Desarrollo Económico de la comuna provincial, Alexander Cueva Galiano, recordó que existe una ordenanza municipal que dispone sanciones para quienes realicen actividad comercial, industrial, profesional o de servicios, sin respetar las normas del estado de emergencia sanitaria.
“La provincia del Santa ha sido incluida, junto a cinco regiones, en un toque de queda que regirá desde las 10 de la noche hasta las 4 de la mañana, eso quiere decir que nos encontramos en un peligro latente por la pandemia del covid-19”, expresó el funcionario.
“Dicha ordenanza se aplicará en un momento oportuno, pues hemos visto que hay descontrol en muchos lugares comerciales, sobre todo por el aforo y por no implementar el protocolo sanitario”, añadió.
Cueva Galiano detalló que la norma está publicada y que las multas van desde el 10 % de una unidad impositiva tributaria (UIT), equivalente a 430 soles, hasta una UIT (4,300 soles).
Motivo de sanción
Entre las infracciones estipuladas en la ordenanza se encuentran sanciones por no colocar cartel visible en el establecimiento indicando el uso mascarillas de manera obligatoria, desinfección de calzado y lavado de manos; además por no implementar barreras de protección y/o distanciamiento.
Asimismo, por no señalizar círculos el distanciamiento, por no hacer control de temperatura corporal, por permitir el ingreso de personas sin mascarilla, por falta de pediluvio y si no cuentan con los implementos necesarios para el lavado de manos o de un personal que dispense alcohol o desinfectante.
“Son 36 sanciones que contempla dicha ordenanza y se aplicarán en todos los establecimientos comerciales, mercados, galerías y empresas industriales, dependiendo del tamaño de cada lugar”, enfatizó Cueva Galiano.
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(FIN) GHD/CCH
Published: 12/23/2020