Andina

MTC aplicará sanciones en materia ambiental en sector transportes

Desde el 14 de octubre se impondrán amonestaciones, multas y medidas cautelares y correctivas

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12:58 | Lima, set. 4.

Desde el 14 de octubre próximo, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) impondrá sanciones en materia ambiental a proyectos de inversión, actividades y servicios en el sector transportes.

De acuerdo con lo establecido en el nuevo Reglamento de Supervisión y Fiscalización en Materia Ambiental para el Sector Transportes (DS 021-2021-MTC), se otorgan nuevas facultades al MTC. La norma regula el procedimiento de supervisión, así como el procedimiento administrativo sancionador y la imposición de medidas administrativas.


Antes de este reglamento, el MTC ya realizaba acciones de supervisión ambiental en su sector, pero estaba impedido de dictar sanciones en el caso de que identificara algún incumplimiento. Ahora, con el nuevo reglamento se establecen claramente las etapas de supervisión y fiscalización ambiental, así como las medidas administrativas y sancionatorias que se pueden aplicar.

Fiscalización ambiental

El nuevo reglamento también permite al MTC realizar fiscalización ambiental. Esta consiste en investigar la comisión de posibles infracciones administrativas e imponer sanciones por el incumplimiento de obligaciones ambientales. Adicionalmente, comprende la facultad de dictar medidas cautelares y correctivas.

Al final del procedimiento administrativo sancionador se determinará si hay una responsabilidad administrativa del infractor. De ser el caso, se impondrán sanciones administrativas como una amonestación escrita o multa.  

Las medidas administrativas aplicables son mandatos de carácter particular como medidas preventivas, medidas correctivas, medidas cautelares, requerimientos sobre instrumentos de Gestión Ambiental y otros mandatos dictados de conformidad con la Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental.

La Dirección de Gestión Ambiental (DGA), adscrita a la Dirección General de Asuntos Ambientales (DGAAM) del MTC, es la autoridad facultada para desarrollar actividades de supervisión y dictar medidas preventivas.

La supervisión ambiental comprende tres etapas: etapa preparatoria, en la cual se realizan las acciones previas para ejecutar la supervisión de forma eficiente y eficaz; etapa de ejecución, en donde se realiza la supervisión in situ; y la etapa de resultados, que consiste en la elaboración del informe de supervisión.

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(FIN) NDP/VLA
GRM

Published: 9/4/2021