Hoy se publicó en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, la ley que establece que toda reforma constitucional deba ser aprobada primero por el Congreso antes de ser sometida a un referéndum.
El dispositivo legal modifica los artículos 40 y 44 de la Ley 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos, con el fin de incluir, en el primer caso, una oración relativa a la improcedencia de referéndum.
La segunda modificación versa sobre la autoridad que debe convocar referéndum en caso de reformas constitucionales, precisando que, en tal caso, el presidente de la República es quien lo hace por disposición del Congreso.
La publicación de la ley fue suscrita por la presidenta del Congreso, María del Carmen Alva, y el segundo vicepresidente del Parlamento, Enrique Wong.
Tras su aprobación por insistencia, el Ejecutivo anunció la presentación de una demanda de inconstitucionalidad contra la ley ante el Tribunal Constitucional (TC),
Para el Gobierno, la norma vulnera el derecho fundamental de participación política directa de la ciudadanía, reconocido en el artículo 31 de la Constitución y el artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
(FIN) VVS
JRA
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Published: 1/30/2022