Los trabajadores dependientes e independientes con ingresos anuales mayores a 29,400 soles (7 UIT) pueden deducir hasta cuatro tipos de gastos para disminuir el pago del Impuesto a la Renta y, de corresponder, acceder a una devolución del monto del impuesto pagado en exceso, recordó hoy la Sunat.
Explicó que uno de estos gastos que se pueden deducir es por el alquiler de vivienda (hasta el 30% del monto del alquiler), el cual, además, debe estar sustentado en el comprobante correspondiente (Formulario 1683, si el arrendador es una persona natural o la factura electrónica, en caso se trate de una empresa).
Asimismo, el gasto que se realicen por los servicios prestados por cualquier profesión u oficio que generen rentas de cuarta categoría y que se sustenten con recibo por honorarios. El monto que se podrá deducir es del 30% de lo pagado por cada servicio.
También se pueden deducir como gasto el 100% de las aportaciones al Essalud que se realicen por los trabajadores del hogar, el mismo que debe acreditar con el Formulario N° 1676 (físico o virtual).
El cuarto gasto que se puede deducir comprende los consumos en restaurantes y hoteles hasta por el 15% del monto consumido. El requisito es que dichos establecimientos emitan boleta de venta electrónica y que consigne el DNI del cliente.
El monto máximo por deducir para estos cuatro tipos de gastos es de 3 UIT (12,600 soles) y los gastos y consumos considerados para este beneficio son los realizados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del 2019.
Revisión
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) indicó que a través del APP Personas los trabajadores dependientes e independientes pueden revisar los gastos deducibles del Impuesto a la Renta que vienen realizando en el presente año.
Señaló que esta herramienta puede ser usada en un smartphone (teléfono móvil inteligente) y está disponible para el sistema Android y en IOS.
La devolución del exceso del Impuesto a la Renta será depositada en la cuenta de remuneraciones del trabajador para lo cual es importante que su empleador (en caso de trabajadores en planilla) haya registrado el Código de Cuenta Interbancaria (CCI). También se puede registrar el CCI a través de la plataforma de gastos deducibles.
Para obtener información sobre los gastos deducibles lo invitamos a ingresar a
www.sunat.gob.pe o comunicarse al (01) 3150730 (desde teléfonos celulares) o *4000 (desde celulares Claro, Entel y Movistar) y desde teléfonos fijos al 0801-12-100.
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(FIN) CNA
Published: 11/11/2019