La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) recibió 110,782 reportes de operaciones sospechosas (ROS) entre enero del 2013 y setiembre de este año, según información de la citada entidad estatal.
En los primeros nueve meses del año recibió 15,446 ROS, dio cuenta el informe antes mencionado.
Del número total de ROS recibidos desde enero del 2013 a setiembre de este año la mayor participación por tipo de sujeto obligado estuvo representada por los bancos con 37%, notarios públicos con 27% y las empresas de transferencia de fondos con 11%, indicó.
Además, el monto involucrado en los informes de inteligencia financiera (IIF), emitidos por la UIF-Perú, por presuntos delitos asociados a lavado de activos sumó 12,833 millones de dólares, desde enero del 2013 a setiembre del 2022, mencionó.
El superintendente adjunto de la UIF de la SBS, Sergio Espinosa, comentó que con la pandemia se elevaron las transacciones electrónicas y con ello, aumentaron los casos de robos de información, entre otros, que se usan para estafar a las personas y luego, lavar ese dinero.
En otro momento, mencionó que a setiembre del 2022 se recibieron 940 comunicaciones en el marco del mecanismo Informa UIF.
Informó que la UIF es una herramienta virtual que permite a la ciudadanía comunicar de forma anónima a la UIF presuntos hechos de lavado de activos o financiamiento de terrorismo sobre personas naturales y jurídicas, anotó.
Entre los principales hechos comunicados a la UIF destacan evidentes signos de riqueza (casas, autos, etc.), empresas de fachada, disfrute de bienes a nombre de terceros (testaferros), propietarios de empresas o bienes solo en papeles (testaferros) y realización de operaciones bancarias a nombre de terceros (testaferros), detalló.
Así como funcionarios públicos con evidentes signos de enriquecimiento (corrupción) y proveedores del Estado que incrementaron repentinamente su patrimonio (corrupción), añadió.
Activos virtuales a reportar
De otro lado, informó que en agosto o setiembre del año pasado presentaron un proyecto de decreto supremo (DS) al Ministerio de Justicia para que los proveedores de activos virtuales, que incluyen las monedas virtuales, sean sujetos obligados a reportar (operaciones sospechosas) a la UIF.
“Eso no necesita ley, sino un DS del Ministerio de Justicia, que es una modificatoria del reglamento de la UIF”, sostuvo en evento en el marco de la Semana de Prevención del Lavado de Activos.
Asimismo, existen dos asuntos por mirarse una vez que los activos virtuales sean sujetos obligados a reportar a la UIF, uno de ellos es lo referente a la supervisión que seguramente la hará la UIF y el otro es lo concerniente a qué es lo que se quiere hacer con los activos y monedas virtuales en el país, dijo.
Como ejemplos se tiene desde El Salvado que reconoce al bitcoin como moneda en su país hasta Bolivia que prohíbe el uso de monedas virtuales, refirió. “Esto último no creo que se pueda hacer porque no se puede prohibir la realidad. Lo que puede hacerse es regular”, añadió.
Entonces lo que quedará pendiente es el sistema de regulación y supervisión que el Perú decidirá tener para los activos virtuales, incluido las monedas virtuales, o sino no querrá tener ninguno, toda vez que el camino para que los activos virtuales sean sujetos obligados a reportar a la UIF ya comenzó y se está a la espera de ello, manifestó.
¿Qué es un ROS?
El reporte de operaciones sospechosas (ROS) es un documento elaborado y comunicado por el sujeto obligado o por un organismo supervisor a la UIF-Perú, cuando se detecten indicios de lavado de activos o del financiamiento del terrorismo.
El ROS es un documento de trabajo reservado únicamente para el uso de la UIF-Perú en el inicio del tratamiento y análisis de la información contenida en dichos reportes y que luego del análisis e investigación respectiva, se tramitará al Ministerio Público (MP) en los casos en que se presuma haya vinculación con actividades de lavado de activos y/o del financiamiento del terrorismo.
¿Y qué es un IIF?
El informe de inteligencia financiera (IIF) se trata de un documento de inteligencia financiera, con carácter confidencial y reservado, que emite la UIF-Perú luego del análisis e investigación de los ROS recibidos de los sujetos obligados y/o de la información que obra en las bases de datos de la SBS, en el que concluye que el caso o casos materia de análisis e investigación se presume vinculado a actividades de lavado de activos, sus delitos precedentes o de financiamiento del terrorismo.
No tiene valor probatorio y no puede ser utilizado como elemento indiciario o medio de prueba en ninguna investigación o proceso judicial, administrativo y/o disciplinario, a excepción de los anexos que lo sustentan, siempre y cuando se cuente con autorización expresa de la UIF-Perú para su empleo total o parcial.
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(FIN) MMG/JJN
JRA
Published: 10/26/2022