En el marco de la Ley 31658, que dispuso la creación del programa Impulso Empresarial Mype (Impulso MyPeru), y su reglamento, aprobado mediante Resolución Ministerial 066-2023-EF/15, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha flexibilizado el tratamiento de las provisiones que se aplicarán a los créditos que las entidades del sistema financiero y las cooperativas de ahorro y crédito (Coopac) otorguen en el marco de este programa.
La SBS afirma que esta medida contribuirá a que las entidades financieras ofrezcan a sus deudores mejores condiciones.
La Resolución SBS 1214-2023, publicada hoy en el diario oficial, establece que, excepcionalmente, resulta aplicable una tasa de provisión por riesgo de crédito de 0 % a la parte del crédito que cuenta con la cobertura de dicho programa. De acuerdo con la Resolución 1213-2023, también publicada hoy, lo mismo regirá para las Coopac nivel 2 y nivel 3.
Asimismo, ambas normas modifican los manuales de contabilidad de las entidades del sistema financiero y cooperativo de ahorro y crédito con la finalidad de adecuarlo a las disposiciones establecidas.
El programa Impulso MyPerú tiene por objetivo apoyar el proceso de recuperación económica y crecimiento de las micro y pequeñas empresas (mype) afectadas por la crítica situación que están atravesando diversas zonas del país, debido a los fenómenos climatológicos.
Asimismo, tiene por objetivo impulsar su inclusión financiera y fomentar la cultura de pago oportuno, promoviendo su financiamiento a través del otorgamiento de una garantía del Gobierno Nacional a los créditos colocados por las entidades del sistema financiero y de un subsidio denominado Bono del Buen Pagador de Impulso MyPerú.
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(FIN) NDP/JJN
GRM
Published: 4/5/2023