El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), aprobó la Programación de Compromisos Anual por más de 243,561 millones de soles, correspondiente a la revisión de oficio del segundo trimestre del año fiscal 2024.
Así lo determinó a través de la Resolución Directoral Nº 0026-2024-EF/50.01, publicado hoy en la edición extraordinaria del Diario Oficial El Peruano.
Conforme al artículo 37 del Decreto Legislativo Nº 1440, la Programación de Compromisos Anual (PCA) es un instrumento de programación del gasto público, de corto plazo, por toda fuente de financiamiento, que permite compatibilizar la programación de caja de ingresos y gastos, con la real capacidad de financiamiento para el año fiscal respectivo, en el marco de las reglas fiscales vigentes; estableciendo, entre otros, que dicho instrumento es determinado, revisado y actualizado, de manera trimestral, por la Dirección General de Presupuesto Público.
A través de La Resolución Directoral Nº 0026-2024-EF/50.01, aprobó la Programación de Compromisos Anual (PCA) correspondiente a la revisión de oficio del segundo trimestre del Año Fiscal 2024 para los pliegos del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, ascendente a la suma de 243,561 millones 496,223 soles, por toda Fuente de Financiamiento.
Disposiciones sobre la PCA
La PCA no convalida los actos o acciones que realicen los pliegos con inobservancia de los requisitos esenciales y formalidades impuestas por las normas legales, en la utilización financiera de los recursos públicos asignados conforme a la normatividad vigente; así como tampoco, en ningún caso, la PCA constituye el sustento legal para la aprobación de las resoluciones que aprueben modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, de acuerdo a lo señalado en el numeral 10.3 del artículo 10 de la Directiva Nº 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada a través de la Resolución Directoral Nº 0009-2024-EF/50.01.
Compromiso
Los pliegos del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, para realizar el compromiso correspondiente a los gastos que se financian con cargo a fuentes de financiamiento distintas a la de Recursos Ordinarios, deben considerar la recaudación, captación y obtención de recursos por las fuentes de financiamiento antes mencionadas que esperan obtener en el Año Fiscal 2024, en concordancia con lo señalado en el artículo 39 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
Publicación
La presente Resolución Directoral y los anexos I, II, III y IV se publican en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (
https://www.gob.pe/mef ), en la misma fecha de publicación de la presente norma y su Anexo I en el Diario Oficial El Peruano.
La norma lleva la rúbrica del titular de la Dirección General de Presupuesto Público, Rodolfo Acuña Namihas.
Más en Andina:
(FIN) MDV / MDV
Published: 7/10/2024