El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) indicó hoy que subsidia 112,943 puestos de trabajo, que se encuentran en la séptima lista de beneficiarios del subsidio “Recuperemos el Empleo Formal”, correspondiente al mes de mayo del presente año.
Esta lista fue aprobada mediante Resolución Ministerial N° 142-2021-TR, publicada el 12 de agosto y firmada por el titular del MTPE Iber Maraví Olarte.
Esta séptima lista otorga dicho subsidio a 24,889 empresas, de las cuales:
a) 16,783 tienen de 1 hasta 10 trabajadores.
b) 7,043 tienen entre 11 y 100 trabajadores.
c) 850 tienen entre 101 y 500 trabajadores.
d) 130 tienen entre 501 a 1,000 trabajadores.
e) 83 tienen más de 1,000 trabajadores.
Asimismo, el presupuesto designado asciende a 39 millones 852,031 soles.
Por rubros económicos:
- En Comercio se encuentran 6,724 empresas y concentran 15,995 empleos.
- En Servicios prestados a empresas hay 4,000 empresas (20,984 empleos).
- En Manufactura hay 3,007 empresas (14,805 empleos).
- En Transportes y Comunicaciones hay 2,813 empresas (10,352 empleos).
- En Hoteles y Restaurantes hay 2,010 empresas (8,149 empleos).
- En Construcción hay 1,393 empresas (14,633 empleos), entre otras.
Ubicación de las empresas beneficiadas:
En Lima Metropolitana se ubican 14,097 empresas (75,102 empleos).
En Arequipa hay 1,685 empresas beneficiadas (5,364 empleos).
En La Libertad hay 1,300 empresas beneficiadas (4,945 empleos).
En el Callao hay 804 empresas beneficiadas (3,936 empleos).
En Piura se encuentran 738 empresas beneficiadas (3,451 empleos).
En Lambayeque hay 630 empresas beneficiadas (1,816 empleos).
En Ica se ubican 545 empresas beneficiadas (2,343 empleos).
En San Martín hay 507 empresas beneficiadas (1,220 empleos).
En Junín hay 460 empresas beneficiadas (1,782 empleos), además de otras.
Este beneficio se otorga en el marco del Decreto de Urgencia N° 127-2020, con el propósito de apoyar a las compañías que apostaron por recuperar y preservar el empleo formal en el sector privado en medio de la pandemia por el Covid-19.
Los empleadores incluidos en este listado deben gestionar el desembolso del subsidio siempre que, previamente, acrediten en la Ventanilla Integral Virtual del Asegurado (VIVA) del Seguro Social de Salud (EsSalud), el cumplimiento de las condiciones indispensables establecidas en el numeral 9.2 del artículo 9 del Decreto de Urgencia N° 127-2020, que impulsa medidas específicas para recuperar y preservar el empleo formal en el sector privado.
Las condiciones para obtener el subsidio son: No ser inversionistas en contratos de Asociación Pública Privada y no tener en trámite ante la Autoridad Administrativa de Trabajo una terminación colectiva de contratos.
El desembolso se realizará a los siete días hábiles de realizada la solicitud.
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(FIN) NDP / MDV
Published: 8/16/2021