La comisión de la Oficina Regional del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) en Piura sancionó con una multa de 8.86 UIT (equivalente 43,857.00 soles), en primera instancia administrativa, a la I.E.P. Isaac Newton Tumbes S.A.C. por discriminar a un menor con autismo y negarle la matrícula, sin que exista una causa justificada.
Durante las investigaciones se demostró que las autoridades de dicho plantel no aceptaron matricular al estudiante argumentando que no estaba apto; a pesar de existir un compromiso suscrito previamente y el certificado médico que acredita el nivel leve (grado 1) de autismo del menor.
Ante ello, la Comisión de la ORI Piura concluyó que el referido proveedor vulneró el artículo 38° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, el cual establece que todo consumidor tiene derecho a recibir un trato justo y equitativo en toda transacción comercial y a no ser discriminados por motivos de origen, raza, sexo, idioma, religión o cualquier otra índole.
De acuerdo con el sector Educación, los proveedores deben aceptar alumnos con alguna discapacidad leve o moderada y reservar para ellos al menos dos vacantes por cada aula.
Esta decisión aún se encuentra en plazo de apelación. De ser así, el caso sería revisado por la Sala Especializada en Protección al Consumidor, última instancia administrativa del Indecopi.
El hecho ocurrió en Tumbes, pero fue resuelto por la comisión de la oficina regional de Piura por tener competencia territorial para resolver los procedimientos en dicha región.
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(FIN) NDP/TMC
Publicado: 1/6/2023