El Poder Ejecutivo publicó hoy, en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto de Urgencia 029-2020 por el cual se crea el Fondo de Apoyo Empresarial a la MYPE (FAE-MYPE) que tiene por objeto garantizar los créditos para capital de trabajo otorgados a las MYPE, así como reestructurar y refinanciar sus deudas.
Para efectos de financiar el FAE-MYPE, el DU 029-2020 autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) a transferir directamente al citado fondo hasta la suma de 300 millones de soles.
“El presente DU tiene como objetivo promover el financiamiento de las micro y pequeñas empresas (MYPE), a través de créditos para capital de trabajo, así como para reestructurar y refinanciar sus deudas, a fin de mantener e impulsar su desarrollo productivo”, señala la norma.
Mypes elegibles
La presente normativa establece que son elegibles como beneficiarios del FAE-MYPE, las micro y pequeñas empresas que desarrollen actividades de producción, turismo, comercio y servicios conexos, que:
a) Obtengan créditos para capital de trabajo a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto de Urgencia, según los parámetros establecidos por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) para créditos a microempresas y pequeñas empresas;
b) Cuenten con un crédito vigente y se encuentren clasificadas en la central de riesgo de la SBS en la categoría “Normal” o “Con Problemas Potenciales” (CPP) a febrero de 2020 y requieran una reprogramación o refinanciamiento a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto de Urgencia.
Plazo de los créditos garantizados
De acuerdo con el DU 029-2020, el plazo de los créditos para capital de trabajo no puede exceder de 36 meses.
Además, el plazo de las reprogramaciones o refinanciamientos de la cartera vigente no puede exceder de 36 meses.
“Autorízase a las empresas del sistema financiero y cooperativas a incluir en los plazos señalados un periodo de gracia de hasta seis meses. Además, los recursos del FAE-MYPE pueden ser utilizados para créditos otorgados hasta el 31 de diciembre de 2020”, subraya la norma
Establece asimismo que los fondos serán administrados por la Corporación Financiera de Desarrollo (Cofide).
También autoriza al Banco de la Nación (BN) a otorgar una línea de crédito a Cofide para facilitar la liquidez temporal del FAE-MYPE.
(FIN) RGP/RGP
Publicado: 20/3/2020