El Poder Ejecutivo oficializó los decretos supremos que establecen la ampliación del estado de emergencia nacional hasta el 12 de abril y otras medidas como el llamamiento extraordinario de la reserva orgánica del Ejército y la creación del registro de infractores de las medidas decretadas para contener el avance del coronavirus en el país.
Las normas fueron publicadas en la Edición Extraordinaria del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
El decreto supremo que prorroga la emergencia por 13 días establece que queda suspendido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la libertad de reunión y de
tránsito en el territorio.
Asimismo, dispone la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios desde las 20.00 horas hasta las 05.00 horas del día siguiente.
El dispositivo legal sobre el llamamiento extraordinario de la reserva orgánica del Ejército implica la convocatoria de 10,000 licenciados de los años 2018, 2019 y 2020 para completar los efectivos requeridos y prestar servicio en el activo.
Así, el Ejército establecerá los procedimientos y disposiciones necesarios para el cumplimiento del presente decreto. Además, la prestación del servicio de la reserva se iniciará a partir del 01 de abril del 2020 y tendrá una duración de 60 días, pudiendo ser prorrogado este plazo de acuerdo a Ley.
Otro decreto supremo oficializado hoy fue el que crea el registro de infractores del estado de emergencia, que contendrá la información de los ciudadanos peruanos o extranjeros, que incumplan las medidas de aislamiento social obligatorio e inmovilización social obligatoria.
La información contenida en el registro será remitida al Ministerio Público para que proceda de acuerdo a sus atribuciones.
Las normas llevan la rúbrica del presidente Martín Vizcarra.
(FIN) CVC
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Publicado: 27/3/2020