Establecen régimen de pesca de la Merluza para el periodo julio 2025 - junio 2026

ANDINA/archivo

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09:04 | Lima, jun. 28.

El Ministerio de la Producción (Produce) estableció el Régimen Provisional de Pesca del Recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus) para el periodo julio 2025 - junio 2026, en el marco del cual se autoriza la ejecución de actividades extractivas desde las 00:00 horas del 1 de julio del 2025 hasta el 30 de junio del 2026.

Mediante la Resolución Ministerial Nº 00229-2025-Produce se dispone la captura en el área marítima comprendida desde el extremo norte del dominio marítimo del Perú y los 07º00’ Latitud Sur.

De esta manera, se establece en 10,000 toneladas el Límite Máximo de Captura Total Permisible (LMCTP) de inicio del Recurso Merluza.

El LMCTP para el Régimen Provisional de Pesca establecido es autorizado mediante Resolución Ministerial, previa recomendación del Instituto del Mar del Perú - Imarpe.




Los titulares de permisos de pesca a los que se asigne un Límite Máximo de Captura por Embarcación para la extracción del recurso Merluza, realizarán sus actividades extractivas hasta alcanzar el LMCTP de inicio, no debiendo exceder dicho límite el 31 de julio del 2025.

El Régimen Provisional de Pesca del Recurso Merluza se rige por las disposiciones del Reglamento del Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2003-Produce (ROP Merluza) y las disposiciones de la presente Resolución Ministerial, sin perjuicio de las demás normas que resulten aplicables. 

De esta forma, los armadores de embarcaciones pesqueras arrastreras deberán contar con permiso de pesca vigente para la extracción del recurso merluza y con el LMCE asignado. 

Asimismo, deberán efectuar operaciones de pesca hasta alcanzar el LMCE asignado a cada embarcación pesquera.


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(FIN) NDP/JJN


Publicado: 28/6/2025