Bebidas azucaradas: MEF modifica parámetros para Impuesto Selectivo al Consumo
ISC será de 25% para las bebidas con contenido de azúcar de 5 gramos o más por cada 100 mililitros

ANDINA/Difusión
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó hoy una norma que modifica los parámetros para el pago del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) para bebidas azucaradas, así como de la cerveza sin alcohol.
Publicado: 30/9/2021
Mediante Decreto Supremo Nº 266-2018-EF se aprobó la modificación, con lo cual se aplicará una tasa de 25% del ISC para las bebidas (agua, incluida el agua mineral y la gasificada), así como la cerveza sin alcohol, con un contenido de azúcares totales de 5 gramos o más por cada 100 mililitros.
También se impuso una tasa de 17% del ISC para las bebidas (agua, incluida el agua mineral y la gasificada), así como la cerveza sin alcohol, con un contenido de azúcares totales de 0.5 a 5 gramos por cada 100 mililitros.
El MEF explicó que esta modificación se realiza con la finalidad de adecuar el esquema impositivo a los nuevos parámetros técnicos previstos por el Ministerio de Salud para considerar a una bebida como “de alto contenido de azúcares totales”.
Indicó que dicho parámetro, a partir del 17 de setiembre del 2021, redujo el contenido de azúcar de 6 a 5 gramos por cada 100 mililitros.
Bajo este parámetro, la norma publicada lo que hace es actualizar la lista de los bienes afectos, según el nivel de azúcar, de acuerdo a las tasas diferenciadas del ISC. Básicamente, en los niveles de 17% y 25% en el ISC que se aplica a las bebidas rehidratantes, gaseosas y jugos.
El mencionado dispositivo legal indica que quedan exceptuadas aquellas bebidas que cuenten con registro sanitario o autorización excepcional de productos farmacéuticos expedidos de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud.
Además, se exceptúan a las bebidas con registro sanitario expedido por la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (Digesa), clasificadas en la categoría de los alimentos destinados a regímenes especiales.
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(FIN) CNA
Publicado: 30/9/2021
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