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Contraloría rechaza sentencia del TC que imposibilita su facultad sancionadora

Advierte que se libraría de responsabilidad a 15 mil funcionarios que se encuentran en pleno proceso sancionador

ANDINA/Difusión

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17:54 | Lima, abr. 24.

La Contraloría General lamentó la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) porque, según afirmó, imposibilita el ejercicio de su facultad de sancionar administrativamente a los funcionarios y servidores públicos que han incurrido o incurran en inconducta funcional.

La institución advirtió que la resolución del TC constituye una seria afectación a la lucha contra la corrupción y favorece la impunidad administrativa, por lo cual anunció que presentará una propuesta legislativa que restablezca su potestad sancionadora.

“Si bien somos respetuosos del Estado de Derecho y de la decisión tomada por el TC, presentaremos una propuesta legislativa que garantice y restablezca el ejercicio de la potestad sancionadora de la Contraloría General de la República”, señaló el Contralor General, Nelson Shack.

El funcionario sostuvo que el fallo del TC deja sin marco legal a la entidad fiscalizadora y estaría librando de responsabilidad a más de 15 mil funcionarios y servidores públicos, a quienes se determinó responsabilidad administrativa y se encuentran en pleno proceso sancionador. 


“La Contraloría no tendrá forma de apartar a los malos funcionarios y servidores públicos que tanto daño le hacen al país en las instituciones del Estado”, advirtió.

Explicó que la sentencia emitida por el TC afecta los esfuerzos desplegados por el Sistema Nacional de Control e imposibilita que continúen los Procesos Administrativos Sancionadores (PAS).

“Las infracciones por las inconductas funcionales atribuidas a los funcionarios y servidores públicos comprendidos en los informes de control emitidos y los que estén por emitirse, desaparecen (…) solo se observarán los hechos irregulares, pero no podrán emitirse sanciones administrativas tal como venía imponiendo la Contraloría”, puntualizó.

En su opinión, dijo que resulta sorprendente que la sentencia del TC reconozca que la Contraloría sí tiene facultad sancionadora, pero que elimine las infracciones que motivan la sanción, impidiendo el ejercicio efectivo de dicha facultad. 

“En pocas palabras nos inspira para ser maratonistas, pero nos cortan las piernas para correr”, expresó.


La Contraloría citó algunos ejemplos de obras públicas emblemáticas en donde se demostró actos de inconducta funcional y corrupción, pero que quedarían sin sanción tras la decisión del TC.

Etapa preoperativa del nuevo Aeropuerto Internacional de Chinchero, Cusco: Se detectó presunta responsabilidad administrativa PAS en 10 funcionarios (MTC, MEF Y OSITRÁN). Las irregularidades en la suscripción de la Adenda N° 1 podrían ocasionar un perjuicio económico de US$ 40.6 millones a valor presente.

Tramo 2 del Metro de Lima, cuya auditoría de cumplimiento identificó presunta responsabilidad PAS a 13 ex funcionarios de la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao (AATE), quienes habrían ocasionado un perjuicio económico por más de US$ 20 millones.  

Servicio de Limpieza Municipal Pública del Callao S.A. (ESLIMP Callao) de la Municipalidad Provincial del Callao, donde se halló presunta responsabilidad PAS a 11 funcionarios. Las auditorías evidenciaron un perjuicio económico por cerca de S/ 60 millones.

La sentencia

El Tribunal Constitucional publicó en su portal web la sentencia https://tc.gob.pe/jurisprudencia/2019/00020-2015-AI.pdf que, entre otros aspectos declara la inconstitucionalidad del artículo 46 de la Ley 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, incorporada por el artículo 1 de la Ley N° 29622, en su totalidad.

Con este fallo quedarán sin efecto las conductas infractoras en materia de responsabilidad administrativa funcional (Artículo 46 de la Ley N° 27785), es decir, aquellas en las que incurren los servidores y funcionarios públicos que contravengan el ordenamiento jurídico administrativo y las normas internas de la entidad a la que pertenecen. 

La resolución del TC tiene su origen en una demanda de inconstitucionalidad presentada en el año 2015 por el Colegio de Abogados de Arequipa, la cual pedía declarar inconstitucional la Ley 29622 que modificó la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control ampliando las facultades en el procedimiento para sancionar en materia de responsabilidad administrativa funcional.

(FIN) NDP/RMCH/CVC

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Publicado: 24/4/2019