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JNE aprueba padrón electoral para proceso de revocatoria 2025

Dentro del plazo establecido por el cronograma fijado para la consulta

Cortesía

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18:30 | Lima, mar. 21.

El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aprobó el padrón electoral definitivo que será empleado en la consulta popular de revocatoria 2025, que se realizará el próximo 8 de junio, dentro del plazo establecido por el cronograma electoral fijado para el proceso.

El documento, aprobado mediante Resolución N° 0120-2025-JNE, comprende a 5,615 electores en cuatro distritos convocados al proceso, de los cuales 2,468 están en  Boquerón (Padre Abad, Ucayali), 739 en Huayana (Andahuaylas, Apurímac), 1,453 en Huamalí (Jauja, Junín) y 955 Julcamarca (Angaraes, Huancavelica).

En dichas circunscripciones, los ciudadanos habilitados deberán decidir el destino de 20 autoridades municipales (cuatro alcaldes distritales y 16 regidores) incursas en la consulta popular.

Previo a la aprobación del padrón, el JNE, a través de la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales (DNFPE), desarrolló un intenso trabajo de fiscalización de la lista del padrón inicial y del padrón preliminar remitidos por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).

Al respecto, la DNFPE emitió un informe en el que concluyó que el Reniec ha dado tratamiento, de acuerdo con sus competencias, a las actas de constatación domiciliarias y actas o certificados de defunción que le fueron comunicadas por los fiscalizadores.

Asimismo, indicó que no se han identificado inconsistencias en el referido padrón electoral y que este se encontraba expedito para su aprobación.

La fiscalización del padrón electoral para las consulta popular de revocatoria 2025 se efectuó en cumplimiento del mandato constitucional con la finalidad de fiscalizar la legalidad en la elaboración de los padrones electorales. 

La revocación del mandato de autoridades es un derecho de control ciudadano consagrado en los artículos 2, numeral 17 y 31 de la Constitución Política del Perú, a través del cual la ciudadanía puede destituir mediante votación a una autoridad de elección popular antes de que expire el periodo para el que fue elegida.

(FIN) NDP/JCC

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Publicado: 21/3/2025