La elección de la Mesa Directiva del Congreso para el periodo anual de sesiones 2025-2026, se efectúa cada año en julio, antes de las celebraciones por Fiestas Patrias. Dicho proceso de orden legislativo tendrá una significativa importancia por tratarse del último periodo parlamentario 2021-2026. Conoce cómo será el proceso de elección.
¿Cómo se efectúa la elección de la mesa directiva?
La elección de la Mesa Directiva del Congreso es conducida por el presidente de dicho poder del Estado, de acuerdo con el procedimiento establecido.
El acto electoral se realizará mediante cédula, por lo que no será posible la votación a través de la plataforma virtual de sesiones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento del Congreso.
Leídas las listas de candidatos, la Mesa Directiva invita a dos congresistas para que oficien de escrutadores y vigilen el desarrollo del acto electoral, quienes firmarán las cédulas de votación que serán distribuidas entre los congresistas.
El presidente suspende la sesión por breves minutos, a efecto de que los congresistas llenen las cédulas.
Reabierta la sesión, el presidente deposita su voto, seguido de los demás miembros de la mesa y los congresistas escrutadores. Luego votarán los legisladores, uno a uno, en orden alfabético.

Escrutinio
Concluida la votación por parte de los legisladores, el presidente del Congreso procede al escrutinio, voto por voto, ayudado por los congresistas escrutadores, dando lectura a cada cédula sufragada.
Terminado el escrutinio, si ninguna lista obtiene la mayoría simple, se efectuará una segunda votación entre las dos listas con mayor número de votos, proclamándose a los candidatos de la lista que obtenga mayor votación.
Juramentación de la nueva Mesa Directiva
A continuación, los candidatos elegidos prestarán juramento y asumirán sus funciones de inmediato. El presidente electo lo hará ante el presidente de la mesa que condujo el acto electoral. El resto de miembros de la Mesa Directiva lo hará ante el nuevo titular del Congreso.

Cabe indicar que la fórmula de juramentación será la de uso común: “Por Dios y por la Patria”; salvo que algún congresista exprese su deseo de prescindir de esa invocación, ante lo cual la Mesa Directiva accederá de inmediato.
Es importante señalar que ninguno de los nuevos miembros elegidos puede asumir sus funciones o cargos si no ha prestado juramento.
El resultado de la elección se comunica en forma oficial al presidente de la república, al presidente de la Corte Suprema de Justicia, al presidente del Tribunal Constitucional, al presidente del Jurado Nacional de Elecciones, al fiscal de la Nación, al defensor del Pueblo, a las instancias regionales y a las municipalidades provinciales del país.
En caso de vacancia de cualquiera de los cargos de la Mesa Directiva, el presidente o quien lo reemplace convocará a elecciones dentro de los cinco días posteriores de oficializarse la vacancia. Además, se puede citar a sesión especial, de ser necesario.
(FIN) FHG/CVC
GRM
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Publicado: 23/7/2024