Perú expresó su más firme y enérgica protesta respecto a las declaraciones del gobierno de Colombia con relación a los derechos soberanos y actos de jurisdicción que ejerce legítima y legalmente de nuestro país "de manera pública y permanente hace más de un siglo sobre la integridad de su territorio nacional".
A través de un comunicado oficial, el Ministerio de Relaciones Exteriores recordó que el pleno del Congreso de la República de Perú aprobó por unanimidad el pasado 12 de junio la creación del nuevo distrito de Santa Rosa de Loreto, en uso de las potestades y atribuciones que le confiere la Constitución Política del Perú.
"Dicha circunscripción territorial se encuentra bajo la soberanía y jurisdicción de nuestro país, de conformidad con los límites políticos internacionales establecidos en el Tratado de Límites y Libre Navegación Fluvial entre Perú y Colombia, del 24 de marzo de 1922 y los trabajos demarcatorios de la Comisión Mixta Demarcadora de Límites", agrega.
Precisa que Perú, mediante la Nota RE (VMR) 6/116, del pasado 4 de julio, rechazó contundentemente los términos contenidos en las notas S-GFTC-25-21238 del 20 de junio y S-DVRE-25-010505 del 3 de julio del gobierno colombiano, "oportunidad en la cual reafirmó los legítimos derechos de soberanía sobre la integridad de nuestro territorio nacional".
"A dicho respecto se tiene a bien precisar que el pueblo de Santa Rosa es parte integrante de la isla peruana de Chinería, asignada a Perú en 1929 por la referida Comisión Mixta Demarcadora y que está sometida a su soberanía y jurisdicción nacional, por encontrarse, además, al oeste del límite internacional peruano-colombiano, establecido por el thalweg del río Amazonas hasta la latitud determinada como límite entre Colombia y Brasil (señalada por el Hito 1995-1), lo que ha sido reafirmado al gobierno de Colombia, de manera permanente, en diversas oportunidades", dice.
Refiere, de igual modo, que el
Protocolo de Amistad y Cooperación entre Perú y Colombia, y el acta adicional, suscrito en Río de Janeiro (24 de mayo de 1934), reafirmó los límites establecidos en el tratado de 1922; mientras su acta adicional acordó, entre otros aspectos, "
la libertad de navegación y de tránsito" entre los territorios fluviales de ambos países en las cuencas del Amazonas y del Putumayo, "
lo que Perú cumple rigurosamente".
"Perú, fiel a su vocación de cumplir respetuosa y rigurosamente con sus obligaciones internacionales, y de acuerdo con su vocación pacífica y de integración con sus países vecinos, se conduce con estricto apego al derecho internacional y a los tratados bilaterales vigentes, lo cual reafirma en esta oportunidad", añade.
Colombia
Por otro lado, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia informó que la isla de Santa Rosa "es una formación surgida en el curso del río Amazonas, con posterioridad a la única asignación de islas realizada entre los dos países en 1929".
"(...) Y que, por lo tanto, para la isla de Santa Rosa y las demás surgidas con posterioridad a 1929 se debe surtir un proceso de asignación de común acuerdo entre cancillerías, en los términos de los arreglos a que lleguen los dos países", agrega.
Además, ante la noticia de la promulgación de la “Ley de Creación del Distrito de Santa Rosa de Loreto en la Provincia de Mariscal Ramón Castilla del Departamento de Loreto, 32403, del 2025”, Colombia presentó contundentes notas de protesta a Perú solicitando se reactive, en el más corto plazo, la Comisión Mixta Permanente para la Inspección de la Frontera Colombo-Peruana (Comperif).
Ello con la finalidad de que, basados en una metodología de asignación, "se decida la soberanía de las islas surgidas en el curso del río Amazonas después de 1929".
(FIN) JCC
GRM
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Publicado: 5/8/2025